lunita_roja escribió:Si alguien ya la subió...para los que decían que anses iba a ser todos los sicams:
Art. 9° — Para acceder al beneficio, el interesado ingresará al sistema de liquidación de deudas denominado “SICAM - Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas” con su Clave Fiscal o su Clave de la Seguridad Social, a fin de determinar el monto de las obligaciones susceptibles de ser ingresadas en el plan de regularización, así como también si las cancelará al contado o en cuotas. Dicho servicio se encontrará disponible a partir del 23 de setiembre de 2014.
REGLAMENTACION (LEY 26970)
ART. 8 IN FINE " LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL HARAS SABER AL
INTERESADO SI SE ENCUENTRA HABILITADO O NO PARA INGRESAR AL PRESENTE REGIMEN
EN VIRTUD DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION EFECTUADA, INFORMANDOLE DE
CORRESPONDER LA CIRCUNSTANCIA DE EXCLUSION VERIFICADA
EN LOS CASOS QUE LA EVALUACION SEA POSITIVA, SE ENTREGARA AL INTERESADO UN
CODIGO DE AUTORIZACION..."
ART. 9:"PARA ACCEDER AL BENEFICIO EL INTERESADO INGRESARA AL SISTEMA DE LIQUIDACION
DENOMINADO SICAM , CON SU CLAVE FISCAL O SU CLAVE DE LA SEGURIDAD SOCIAL A FIN DE
DETERMINAR EL MONTO DE LAS OBLIGACIONES SUSCEPTIBLES DE SER INGRESADAS EN EL
PLAN DE REGULARIZACION, ASI COMO TAMBIEN SI LAS CANCELARA AL CONTADO O EN CUOTAS
UNA VEZ CONFECCIONADO EL CORRESPONDIENTE PLAN DE FACILIDADES DE PAGO EL INTERESADO
LO ENVIARA A LA AFIP CONSIGNANDO EN FORMA OBLIGATORIA EL CODIGO DE AUTORIZACION A
QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR"
EFECTUADO EL EN.VIO, EL SISTEMA PERMITIRA IMPRIMIR EL FORMULARIO DE PRESENTACION
EL CORRESPONDIENTE ACUSE DE RECIBO Y VOLANTE DE PAGO PARA LA CANCELACION DE LA
PRIMER CUOTA O EL PAGO TOTAL SEGUN CORRESPONDA..."
POR LO QUE PARA OPERAR EL SICAM NOSOTROS DEBEMOS CONTAR PREVIAMENTE CON EL
CODIGO DE AUTORIZACION QUE LE DA EL ANSES AL INTERESADO O A SU APODERADO DESPUES
DE REALIZAR LA EVALUACION SOCIO ECONOMICA EN LINEA CON LA AFIP
SALUDOS