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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1058829  por andresxeneizes
 
para mi esta bien demandado en relacion a que haya demandado por la LRT al empleador, en el caso que no tuviera este ART, ya que la LRT dice que si el empleador no tiene ART responde directamente, en relacion al fuera es inconstitucional el art que dice que hay que ir por la via civil, lo cual ya en capital lo dijeron casi todos los tribunales

despues claro que le pifia en demandar solo al empleador si tiene ART, entiendo que puede demandar a ambos por si la art despues no paga

e incluso vos en tu caso lo salvaste por buena fe, porque si vos en lugar de citar a la art, acompañabas los pagos a la art el contrato y pedias por oficio a la art que te dijeran si estaba vigente la cobertura al dia del hecho, muy probablemente le hubieran rechazado la demanda contra el empleador y a esa fecha ya tendria prescripto el tema como para ir contra la art
 #1058883  por andresxeneizes
 
Esta bien reclamado x la via laboral, la.lrt dice q sino contrato art responde directamente el empleador
 #1058892  por pepecurdele
 
en el caso de los reclamos sistemicos, yo entiendo que si el empleador tiene ART contratada y estando ese trabajador en negro corresponde demandar a la ART. ver art. 28 en especial inc. 2. ojo el empleador podria plantear una excepcion de falta de legitimacion pasiva.
 #1059390  por agentil
 
Entiendo que estás muy mal demandado, ya que tenes art y en los términos de la ley de riesgos no tenes responsabilidad alguna. Lo van a condenar en costas a tu favor.

saludos!