para mi esta bien demandado en relacion a que haya demandado por la LRT al empleador, en el caso que no tuviera este ART, ya que la LRT dice que si el empleador no tiene ART responde directamente, en relacion al fuera es inconstitucional el art que dice que hay que ir por la via civil, lo cual ya en capital lo dijeron casi todos los tribunales
despues claro que le pifia en demandar solo al empleador si tiene ART, entiendo que puede demandar a ambos por si la art despues no paga
e incluso vos en tu caso lo salvaste por buena fe, porque si vos en lugar de citar a la art, acompañabas los pagos a la art el contrato y pedias por oficio a la art que te dijeran si estaba vigente la cobertura al dia del hecho, muy probablemente le hubieran rechazado la demanda contra el empleador y a esa fecha ya tendria prescripto el tema como para ir contra la art
despues claro que le pifia en demandar solo al empleador si tiene ART, entiendo que puede demandar a ambos por si la art despues no paga
e incluso vos en tu caso lo salvaste por buena fe, porque si vos en lugar de citar a la art, acompañabas los pagos a la art el contrato y pedias por oficio a la art que te dijeran si estaba vigente la cobertura al dia del hecho, muy probablemente le hubieran rechazado la demanda contra el empleador y a esa fecha ya tendria prescripto el tema como para ir contra la art