Hola colegas: Me llego mi primer sucesorio, y tengo un par de dudas puntuales. Estuve mirando varios post sobre el tema, y con lo que vi saque algunas conclusiones, me gustaría saber si estoy equivocado en algo.
En primer lugar la persona que me vino a ver me pidió un presupuesto de gastos para iniciar. Estos gastos para iniciar son el ius previsional, bono ley 8480, publicación de edictos boletín oficial, oficio al registro de testamentos. Me está faltando algo más?. La tasa y sobretasa de justicia se paga posteriormente cuando sale la declaratoria de herederos y por la valuación fiscal que surja de la actualización de estado parcelario que voy a tener que pedir oportunamente?
Por otro lado, estas personas quieren hacer la venta por tracto abreviado. La sucesión la inicio normalmente y cuando salga la declaratoria de herederos solicito al juez que autorice la venta por tracto?
Por último veo que hay una discusión en cuanto al cobro de honorarios. Tenía pensado hacer un pacto por el 12% de la valuación fiscal actualizada que surja del estado parcelario. Que les parece?
Desde ya gracias por lo que puedan aportar
En primer lugar la persona que me vino a ver me pidió un presupuesto de gastos para iniciar. Estos gastos para iniciar son el ius previsional, bono ley 8480, publicación de edictos boletín oficial, oficio al registro de testamentos. Me está faltando algo más?. La tasa y sobretasa de justicia se paga posteriormente cuando sale la declaratoria de herederos y por la valuación fiscal que surja de la actualización de estado parcelario que voy a tener que pedir oportunamente?
Por otro lado, estas personas quieren hacer la venta por tracto abreviado. La sucesión la inicio normalmente y cuando salga la declaratoria de herederos solicito al juez que autorice la venta por tracto?
Por último veo que hay una discusión en cuanto al cobro de honorarios. Tenía pensado hacer un pacto por el 12% de la valuación fiscal actualizada que surja del estado parcelario. Que les parece?
Desde ya gracias por lo que puedan aportar