buenas tardes hace unos días le comente que había una circular dando vuelta que no sabia bien todavía el numero de ella que se refería al poder de los abogados y gestores.- comento de que se trata:
"dice el apoderado debe registrar en forma previa a la asistencia al turno asignado al titular, el poder.- se esta trabajando el texto para efectuar un poder especial que le permita firmar en nombre del beneficiario el consentimiento, este nuevo formulario y turno especifico para este poder aun no están implementados.-
en cuanto el AFIP envié una leyenda especifica que debe obrar en el formulario se actualizaran el sistema y la norma de procedimiento que establecerá en que supuesto el interesado debe venir con el apoderado acreditar el poder y en q casos no.-"
otra cosa " si se presenta un titular con su abogado y trae el sicam ellos harán por sica la determinación de derecho , se lo presenta a la persona y que la persona decida cual van a enviar. si se presenta solo el abogado porque tramito el poder se procederá de la misma forma en q estuviere presente el titular es decir determinan el derecho y la liquidación del sicam.- CREO que esta cambiando todo .- asi que esperemos , otra cosa esperen a empadronarse porque se esta tratando de impedir eso asi que tenemos tiempo no nos apuremos en hacerle caso a ellos. creo que esto es bueno para todos asi vamos a poder trabajar!!
"dice el apoderado debe registrar en forma previa a la asistencia al turno asignado al titular, el poder.- se esta trabajando el texto para efectuar un poder especial que le permita firmar en nombre del beneficiario el consentimiento, este nuevo formulario y turno especifico para este poder aun no están implementados.-
en cuanto el AFIP envié una leyenda especifica que debe obrar en el formulario se actualizaran el sistema y la norma de procedimiento que establecerá en que supuesto el interesado debe venir con el apoderado acreditar el poder y en q casos no.-"
otra cosa " si se presenta un titular con su abogado y trae el sicam ellos harán por sica la determinación de derecho , se lo presenta a la persona y que la persona decida cual van a enviar. si se presenta solo el abogado porque tramito el poder se procederá de la misma forma en q estuviere presente el titular es decir determinan el derecho y la liquidación del sicam.- CREO que esta cambiando todo .- asi que esperemos , otra cosa esperen a empadronarse porque se esta tratando de impedir eso asi que tenemos tiempo no nos apuremos en hacerle caso a ellos. creo que esto es bueno para todos asi vamos a poder trabajar!!