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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1062515  por gusti10
 
buenas tardes hace unos días le comente que había una circular dando vuelta que no sabia bien todavía el numero de ella que se refería al poder de los abogados y gestores.- comento de que se trata:


"dice el apoderado debe registrar en forma previa a la asistencia al turno asignado al titular, el poder.- se esta trabajando el texto para efectuar un poder especial que le permita firmar en nombre del beneficiario el consentimiento, este nuevo formulario y turno especifico para este poder aun no están implementados.-
en cuanto el AFIP envié una leyenda especifica que debe obrar en el formulario se actualizaran el sistema y la norma de procedimiento que establecerá en que supuesto el interesado debe venir con el apoderado acreditar el poder y en q casos no.-"
otra cosa " si se presenta un titular con su abogado y trae el sicam ellos harán por sica la determinación de derecho , se lo presenta a la persona y que la persona decida cual van a enviar. si se presenta solo el abogado porque tramito el poder se procederá de la misma forma en q estuviere presente el titular es decir determinan el derecho y la liquidación del sicam.- CREO que esta cambiando todo .- asi que esperemos , otra cosa esperen a empadronarse porque se esta tratando de impedir eso asi que tenemos tiempo no nos apuremos en hacerle caso a ellos. creo que esto es bueno para todos asi vamos a poder trabajar!!
 #1062533  por gusti10
 
apenas me entere , me pareció importante comentarlos ,que lo sepamos todos para tranquilizarnos un poco , yo lo leí muy por arriba pensé que era una circular , pero acá lo importante es que hay movimientos positivos y que podamos trabajar sin ningún impedimento alguno.- ojala esto salga rápido. saludos.
 #1062611  por fabidoc
 
No es más que tomar los recaudos para implementar lo que dice la previ.

En caso de resultar necesario que la tramitación de la solicitud sea presentada
por un apoderado designado por el solicitante titular, resultarán de aplicación las
disposiciones contenidas en la Resolución DEA N° 479/14 y la normativa
vigente. Esto implica que el apoderado debe contar con carta poder emitida por
el nuevo procedimiento vigente que vincule al profesional, al titular y al trámite
que se realiza en forma previa a la solicitud del turno para la prestación.

Pasa que Bossio aprovecha para sacarse fotos con los jubilables y lo van a implementar para la feria de enero! :mrgreen:
 #1062619  por NORMA
 
Esto que dice Gusti10,me lo comentaron hoy en una UDAI del oeste ;me dijeron que es un mail interno y que ellos no tiene problemas en que el titular vaya acompañado con el abogado para la asistencia previsional,pero debe ir si o si el titular.El letrado debe llevar el SICAM armado,para que en el caso de aprobar el socieconómico se pueda enviar;ellos dejan asentado que el titular concurrió con su abogado.
 #1062627  por alejandra01
 
de que serviría vincular el poder, a personas que le sacamos turno de asistencia previsional? para dejar poder el día que se presenta al turno la persona junto al abogado?..al no haber turno por apoderado no le veo otra utilidad..
 #1062661  por fabidoc
 
ale, por lo que comentan en primer post, se permitiría que actúe solo el apoderado. Algo así me comentaron también pero por ahora no está implementado!
 #1062673  por lawyer2007
 
QUIEREN SABER LA VERDAD SI O NO ????.... EN VARIAS UDAI SE LES AVISA A LOS INICIADORES QUE SI SE PRESENTA EL TITULAR CON UN ABOGADO DEBEN REALIZAR UNA NUEVA LIQUIDACION SI O SI DESESTIMANDO LA DEL LETRADO QUE NO ESTÁ AUTORIZADO A ENVIAR LA LIQUIDACIÓN Y DEBEN DECIRLE Q EL TRAMITE ES TOTALMENTE GRATUITO, QUE NO NECESITA DE ABOGADOS NI GESTORES, DEBEN ALEJAR A EL COLEGA YA QUE NO DEBE PARTICIPAR DE LA ASISTENCIA PREVISIONAL SALVO EN EL CASO QUE ESTA FUERA DENEGADA POR NO PASAR POR LOS REQUISITOS DE AFIP , EN ESTE CASO NO HABRIA PROBLEM.... YA QUE ES PARA GENTE EN SITUACIÓN ASISTENCIAL Y POSTERIORMENTE DARLE LA 1* CUOTA EN 15 MINUTOS Y DECIRLE QUE ESTÁ JUBILADA Y POCO MAS APLAUDIRLA......ESA ES LA VERDAD..................COLEGAS EN EL NUEVO TURNO NO ESTÁ LA POSIBILIDAD DE PRESENTARSE COMO ABOGADO APODERADO
NI LO VA HABER. ES MAS, EN ALGUNAS UDAI SE GANAN UN POROTO SI EL BOGA SE VA SIN PODER HACER NADA...........
 #1062701  por herme
 
Les comento que ayer hice mis dos primeras jubilaciones con la nueva moratoria en la Udai Florencio Varela. Instigan al cliente a que todo es gratuiro y que sólo trabajo la gente de ellos¡¡.Se lo recalcan varias veces. Yo tenia las cuotas que habia sacado en borrador y la 1ª coincidia. Yo iba de compañia, las personas así lo querian. Una de ellas tenia sdm y no sabia si dejarlo de lado o no, me tenia que preguntar a mí¡¡ No te dejan participar¡¡. Si me dijeron del reempadronamiento y que con la constancia del turno y eso podía estar.
Otro tema, la clave fiscal que usaron es la que tenian las personas, yo me fije en el sistema y no la cambiaron¡¡. Esun espantos el manoseo¡¡
El reempadrtonamiento es en Paeo Colon o donde'
 #1062705  por noezeta
 
Ayer estaba en un turno a la mañana y le digo a la iniciadora "che.. cómo nos cagaron con la nueva moratoria eh??" se ríe y me contesta "pero vos podes hacerlos.." le digo: "no, si no nos dan el código, no podemos hacer el sicam de qué vamos a cobrar? por acompañar..." me contesta: "pero podes hacer la situacion de revista, nosotros cargamos el sica con esa situacion de revista y si da la enviamos"
 #1062712  por diego29
 
herme escribió:Les comento que ayer hice mis dos primeras jubilaciones con la nueva moratoria en la Udai Florencio Varela. Instigan al cliente a que todo es gratuiro y que sólo trabajo la gente de ellos¡¡.Se lo recalcan varias veces. Yo tenia las cuotas que habia sacado en borrador y la 1ª coincidia. Yo iba de compañia, las personas así lo querian. Una de ellas tenia sdm y no sabia si dejarlo de lado o no, me tenia que preguntar a mí¡¡ No te dejan participar¡¡. Si me dijeron del reempadronamiento y que con la constancia del turno y eso podía estar.
Otro tema, la clave fiscal que usaron es la que tenian las personas, yo me fije en el sistema y no la cambiaron¡¡. Esun espantos el manoseo¡¡
El reempadrtonamiento es en Paeo Colon o donde'

Hola, como andas?? esto es todo un lio. Te hago una consulta ya que lo mencionas. que hiciste con los aportes que tenias de SDM? Al final el Sicam lo practico el iniciador? dejò de lado los SDM?. Tengo varias casos con SDM que todavia no se que hacer, yo saque turno y los voy a acompañar pero los que tienen SDM tendre que llevar los formularios 6292/93?, incluso una cliente le hice liquidacion y tiene deuda de interes por SDM. Por el poco tiempo que tiene SDM por ahi conviene que directamente se lo deje de lado y tomar todo moratoria pero no se si eso se puede hacer??
Tenes idea?
 #1062721  por MARIO1943
 
diego29 escribió:
herme escribió:Les comento que ayer hice mis dos primeras jubilaciones con la nueva moratoria en la Udai Florencio Varela. Instigan al cliente a que todo es gratuiro y que sólo trabajo la gente de ellos¡¡.Se lo recalcan varias veces. Yo tenia las cuotas que habia sacado en borrador y la 1ª coincidia. Yo iba de compañia, las personas así lo querian. Una de ellas tenia sdm y no sabia si dejarlo de lado o no, me tenia que preguntar a mí¡¡ No te dejan participar¡¡. Si me dijeron del reempadronamiento y que con la constancia del turno y eso podía estar.
Otro tema, la clave fiscal que usaron es la que tenian las personas, yo me fije en el sistema y no la cambiaron¡¡. Esun espantos el manoseo¡¡
El reempadrtonamiento es en Paeo Colon o donde'

Hola, como andas?? esto es todo un lio. Te hago una consulta ya que lo mencionas. que hiciste con los aportes que tenias de SDM? Al final el Sicam lo practico el iniciador? dejò de lado los SDM?. Tengo varias casos con SDM que todavia no se que hacer, yo saque turno y los voy a acompañar pero los que tienen SDM tendre que llevar los formularios 6292/93?, incluso una cliente le hice liquidacion y tiene deuda de interes por SDM. Por el poco tiempo que tiene SDM por ahi conviene que directamente se lo deje de lado y tomar todo moratoria pero no se si eso se puede hacer??
Tenes idea?
EL SDM LO PODES DESAFECTAR DE ACUERDO A LA CIRCULAR 22/13