Estimados,
la consulta es la siguiente: inicie un proceso de daños y perjuicios en CABA, ya que la compañía de seguro del tercero tiene domicilio aquí el accidente ocurrió en la Pcia. de Santa Fe) y se trata de un accidente de transito donde la victima estaba asegurada en dicha compañía. La cuestión es que como el ultimo domicilio de la victima fue en la Pcia de Sante Fe y a raíz de su muerte se abrió la sucesión, por fuero de atracción el juez en el cual presenté la causa de daños y perjuicios, se declaro incompetente, para que entienda ahora el juez de la sucesión. La consulta es, una vez que quede firme la resolución de incompetencia debo apelarla y cual sería el fundamento?
la consulta es la siguiente: inicie un proceso de daños y perjuicios en CABA, ya que la compañía de seguro del tercero tiene domicilio aquí el accidente ocurrió en la Pcia. de Santa Fe) y se trata de un accidente de transito donde la victima estaba asegurada en dicha compañía. La cuestión es que como el ultimo domicilio de la victima fue en la Pcia de Sante Fe y a raíz de su muerte se abrió la sucesión, por fuero de atracción el juez en el cual presenté la causa de daños y perjuicios, se declaro incompetente, para que entienda ahora el juez de la sucesión. La consulta es, una vez que quede firme la resolución de incompetencia debo apelarla y cual sería el fundamento?
