En cuanto a la accion a iniciar en contra de las actuales detentadoras del inmueble. Yo creo que la accion o el reclamo a iniciar tiene que ir por el lado de las acciones posesorias que tiene la persona que adquirio el inmueble a su abuela. Si bien no tiene el titulo, el poseedor del mismo tiene ciertas acciones en el CC que apuntan a proteger su derecho.
Hay que ver bajo que titulo lo adquirio tambien. Esto es importante.
En cuanto a la posiblidad de escrituracion, si bien, no esta escriturado, por lo que vos decis debe tener un titulo algo precario que habla de la trasmision de un derecho. Habria que analiza el titulo precario para ver si no cabe hacer una usucapion decenal (diez anos). Yo lo encararia por este lado para lograr en un futuro la escrituracion.
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Saludos