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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1051265  por jbaroff
 
Buenos dias colegas, tengo la siguiente pregunta:

Mi hermana se dio de alta en IIBB en el 2011 para trabajar en el estado (obviamente el mayor evasor laboral es el propio estado) que le exigian tener monotributo para entrar a trabajar.

Esto fue asi hasta enero del 2013 cuando finalmente pasa a relacion de dependencia y deja de emitir las facturas que emitia mensualmente.

Ahora bien, diligementemente, en febrero cuando volvio de vacaciones dio la baja del monotributo, pero.... se olvido de dar la baja de IIBB en arba. Ahora bien, si no estaba anotada en el monotributo, no podia emitir factura, si no podia emitir factura, no podia tener actividad economica gravada, luego entonces no hay hecho imponible para el impuesto de ingresos brutos.

Se acordo de ARBA recien hace 15 dias cuando le llego la intimacion por deuda e incumplimiento de las obligaciones fiscales.

La acompañe a ARBA y dicen que tiene que hacer todas las DDJJ que le faltan, pagar, y despues darse de baja por la pagina. Hice las DDJJ, abusando de mis escasos conocimientos de los terminos por haber cursado impuestos en mis epocas de estudiante.

Claro que le da una deuda con intereses de alrededor de $100 por mes, pese a no haber facturado, supongo que debe ser por ser monotributista.
No estoy muy al tanto de la situacion administrativa, obviamente por los 2000 pesos que tiene que pagar no tiene sentido llegar a una situacion judicial, por eso la pregunta es, hay alguna forma de no pagar esos 2000 pesos ya que realmente es un tributo que le imponen por una actividad que no realizo?

Sobre todo teniendo en cuenta que la misma ley de ingresos brutos dice :

ARTÍCULO 186. No constituyen actividad gravada con este impuesto:
a) El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia, con remuneración fija o
variable.
b) El desempeño de cargos públicos.

Casualmente son estos dos incisos los que se aplican a este caso...

Gracias de antemano
 #1052282  por jbaroff
 
En realidad la consulta debería ser para un abogado, pero como quiero resolverlo administrativamente, hice eso, consultar con un contador, que tampoco tienen mucha idea porque estos casos a los que consulte me dicen que no les llegan.
 #1066539  por pichondeoso
 
Hola!
A mi me llegan muchos de esos casos. Lo resuelvo presentando las DDJJ en CERO, ya que el no tener ingresos, tampoco tienen que pagar el mínimo.
Cualquier duda avisame.

Saludos.
 #1066581  por jbaroff
 
Si, pero por mas que le pongas en 0 el monto imponible, siempre te pone el importe minimo como monto a pagar...
 #1067166  por EstudioContableGS
 
Estimados, soy Contador, espero poder ayudarlo.

En ARBA, existe un monto mínimo a pagar, siempre que el impuesto determinado no sea mayor a dicho mínimo.

Los únicos que están exentos de pagar esos mínimos son los Profesionales y quienes desarrollan oficios (trabajos manuales).

Si tu hermana está anotada en alguna de esas dos actividades, se puede beneficiar con esta situación.

De lo contrario deberá abonar mes a mes los valores mínimos.

Lo que podés evitar, mediante una nota en ARBA para que analicen tu situación es, una vez pago todos los períodos desde la ultima fecha en la cual dejaste de facturar, solicitar que se le otorgue la baja retroactiva a dicho período, dado que, al no estar facturando, fue un error tuyo no haberlo dado de baja, pero no por ello deberías abonar el impuesto si no hubo actividad.

Lo que comentás del Art. 186, se rige para el caso en el cual se percibe un sueldo por dicho cargo, y no que tenga un contrato por locación de servicios (como es tu caso, y por lo cual debe pagar los impuestos correspondientes), ya que si fuera como vos decís, tampoco debería pagar Monotributo. Se entiende?

Si te interesa, podés contactarme para profundizar un poco más en la situación y pasarte un honorario acorde.

Recordá que hasta que no tenga la baja definitiva, te pueden llegar a trabar medidas de embargo/inhibición por la deuda existente.

Saludos.
 #1078369  por DRA. MACA
 
NO DEJEN EN MANOS DE MUERTOS DE HAMBRES SIN CONOCIMIENTOS SUS TRÁMITES, ESTE ES UN PORTAL DE ABOGADOS. CONSULTEN UN LETRADO ESPECIALISTA EN DERECHO TRIBUTARIO.
 #1078395  por EstudioContableGS
 
Dra. Maca, no tomes a mal mi comentario.

Sería bueno que antes de desprestigiar nuestra profesión, que tiene una exigencia y reconocimiento igual a la suya a nivel universitario (imagino que ambos somos egresados de la UBA), puedas ayudar a tu colega, a arribar a una definición del tema.

Creo que sería más productivo poder asesorarla al respecto (ya que comenta que tiene escasos conocimientos en el tema), porque el grave error inicial es haber presentado la DDJJ con impuesto a pagar, cuando todos sabemos que las DDJJ son autodeterminativas, y el contribuyente se está "auto castigando" a pagar esos $100 por período, y luego en todo caso tendrá que repetir, cuando lo mejor hubiera sido primero pelear la baja retroactiva antes de acatar la intimación de ARBA y presentar y pagar las DDJJ faltantes hasta la fecha de baja.

Yo he solicitado por varios clientes que vinieron a mi estudio, tanto por AFIP como por Rentas, las bajas retroactivas, previa presentación de nota explicando la situación, y con ninguno tuve mayores inconvenientes (salvo algunos que tenían deudas viejas que tuvieron que abonar), para que no me computen el impuesto a pagar por esos períodos.

Creo que deberíamos dejar de atacarnos mutuamente, y considerar que cada uno tiene sus competencias en las cuales se hace fuerte y pelear por ellas, y en los lugares donde las competencias se acompañan (en nuestro caso siempre necesitamos de Letrados para ciertas presentaciones, como ustedes necesitan de nuestra asesoría, por ejemplo, en el cálculo de las liquidaciones finales por despido sin causa, con causa, indirectos, por embarazo, matrimonio, etc.), poder apoyarnos mutuamente en favor de la situación.

Entiendo que está muy establecido, pero deberíamos ir cambiándolo de a poco.

Al final, todos somos personas que nos matamos varios años para conseguir un título, y luego salimos a seguir especializándonos día a día, para ser cada vez más competentes.

Un saludo para todos y felices fiestas.
 #1078397  por DRA. MACA
 
EstudioContableGS escribió:Dra. Maca, no tomes a mal mi comentario.

Sería bueno que antes de desprestigiar nuestra profesión, que tiene una exigencia y reconocimiento igual a la suya a nivel universitario (imagino que ambos somos egresados de la UBA), puedas ayudar a tu colega, a arribar a una definición del tema.

Creo que sería más productivo poder asesorarla al respecto (ya que comenta que tiene escasos conocimientos en el tema), porque el grave error inicial es haber presentado la DDJJ con impuesto a pagar, cuando todos sabemos que las DDJJ son autodeterminativas, y el contribuyente se está "auto castigando" a pagar esos $100 por período, y luego en todo caso tendrá que repetir, cuando lo mejor hubiera sido primero pelear la baja retroactiva antes de acatar la intimación de ARBA y presentar y pagar las DDJJ faltantes hasta la fecha de baja.

Yo he solicitado por varios clientes que vinieron a mi estudio, tanto por AFIP como por Rentas, las bajas retroactivas, previa presentación de nota explicando la situación, y con ninguno tuve mayores inconvenientes (salvo algunos que tenían deudas viejas que tuvieron que abonar), para que no me computen el impuesto a pagar por esos períodos.

Creo que deberíamos dejar de atacarnos mutuamente, y considerar que cada uno tiene sus competencias en las cuales se hace fuerte y pelear por ellas, y en los lugares donde las competencias se acompañan (en nuestro caso siempre necesitamos de Letrados para ciertas presentaciones, como ustedes necesitan de nuestra asesoría, por ejemplo, en el cálculo de las liquidaciones finales por despido sin causa, con causa, indirectos, por embarazo, matrimonio, etc.), poder apoyarnos mutuamente en favor de la situación.

Entiendo que está muy establecido, pero deberíamos ir cambiándolo de a poco.

Al final, todos somos personas que nos matamos varios años para conseguir un título, y luego salimos a seguir especializándonos día a día, para ser cada vez más competentes.

Un saludo para todos y felices fiestas.
No, estás equivocado, salvo en que yo me recibí en la UBA, por supuesto, pero tu profesión no es igual a la mía, no tiene la misma cantidad de años, y ustedes, se hacen llamar doctores cuando NO LO SON, A NOSOTROS NOS LLAMAN DOCTORES, A USTEDES NO. Asi que, par mío no sos en nada.

Las competencias se acompañan? DE QUE HABLÁS? VOS NO ESTÁS HABILITADO PARA HACER NADA DE NUESTRO TRABAJO, NO TENGO LA CULPA QUE HAYAS TENIDO QUE CONFORMARTE CON UNA CARRERA INFERIOR.

CLARO QUE REPETIS QUE "HAY QUE UNIRSE BLABLA" CLARO, PORQUE QUERÉS HACER NUESTRO TRABAJO, YA QUE LOS CONTADORES, TRABAJO POR SI SOLOS NO TIENEN NI LES ALCANZA, POR ESO TIENEN QUE SALIR A HACER JUBILACIONES, SIN CREDENCIAL HABILITANTE, PORQUE NO SE SI SABRAS QUE HAY QUE TENER TOMO Y FOLIO DE ABOGADO MATRICULADO, Y USTEDES NO PUEDEN HACERLO, Y LO HACEN IGUAL.

YO CREO QUE SIENDO CONTADOR NADA TENES QUE HACER ACA Y MENOS ENTRAR A QUERER GANARTE UNOS MANGOS EN UN PORTAL DE ABOGADOS, ESO SE LLAMA SER MUERTO DE HAMBRE.

QUE NOSOTROS NECESITAMOS SU AYUDA PARA LIQUIDACIONES ????????????? JAJAJAJAJAJJAJ ESO SI ME HIZO REIR, HACE AÑALES QUE HAGO LIQUIDACIONES NO SOLO DE LAS COMUNES SINO DE VIAJANTES DE COMERCIO Y DE LOS EMPLEADOS DE LA CONTRUCCION, QUE SON ESPECIALES, JAMAS TUVE QUE RECURRIR PARA NADA A USTEDES, SABES PORQUE? PORQUE ESTUDIAMOS Y NO LOS NECESITAMOS PARA NADA GRACIAS A DIOS!!!

BAJA A LA REALIDAD PORQUE DE LO QUE DECIS ES LO QUE TE GUSTARIA QUE PASE, Y LA VERDAD EN LA REALIDAD Y LA PRACTICA POR SUERTE NADA DE ESO PASA. NADIE TE NECESITA PARA NADA, AL MENOS YO, SIEMPRE CLARO ALGUN INCAUTO EMBAUCARÁS, PERO A MI NO.

Y DESPREOCUPATE QUE NADA VA A CAMBIAR PARA PERJUICIO DE USTEDES, ASI QUE UNA LÁSTIMA. NOSOTROS SEGUIREMOS CON TODO NUESTRO TRABAJO Y VOS QUERIENDO JUGAR AL ABOGADO.
 #1078400  por EstudioContableGS
 
No sos egresada de la UBA y me hablás de inferior a mi?

Jajaja, no entendiste nada.

Y si te sirve de algo, no hago JUBILACIONES. Eso sería matarse el hambre con Gestoría.

Suerte!
 #1078444  por DRA. MACA
 
EstudioContableGS escribió:No sos egresada de la UBA y me hablás de inferior a mi?

Jajaja, no entendiste nada.

Y si te sirve de algo, no hago JUBILACIONES. Eso sería matarse el hambre con Gestoría.

Suerte!
QUEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE SOY EGRESADA DE LA UBA ENFERMO!!!!! APRENDE A LEER BURRO!!!!! AH ADEMÁS HABLAS MAL DE TUS COLEGAS QUE HACEN JUBILACIONES JAAJAJ

A VOLVER A LA PRIMARIA, APRENDÉ A LEER BURRO!!!!!!! DIJE YO ME RECIBÍ EN LA UBA, VES? NI UNA FRASE DE CORRIDO SABES LEER JAJAJAJAJJAJJJAJAJ TENÍAS QUE SER CONTATRUCHO. YA TE PISASTE SOLITO. :lol: :lol: :lol: :lol: