Hola muchachos, queria consultarles desde su experiencia. En un daños, ya se produjo toda la prueba y vencieron los plazos de la apertura a prueba. Ante mi pedido de cierre del periodo para luego presentar alegatos por su orden, el juez provee:
"Certifíquese sobre la prueba producida en autos." Y el expte. volvio a letra. De esto hace 5 dias.
La certificacion la hace el secretario (actuario) ¿verdad? ¿Hay algun plazo de espera para que lo haga? (Lei un mensaje de abogado1987 en el que dice: "le mostras al de mesa de entradas el auto firmado por el juez, donde pide que certifique el actuario y le decis: ¿le pasas esto al secretario para que certifique?").
¿Puedo ir a pedir que se lo pasen ya o hay que esperar mas tiempo? No encontre plazos para esto en el CPCCN, pero quiza la costumbre establece otra cosa.
Como siempre, espero sus comentarios aclaratorios, agradeciendo por adelantado.
tito
"Certifíquese sobre la prueba producida en autos." Y el expte. volvio a letra. De esto hace 5 dias.
La certificacion la hace el secretario (actuario) ¿verdad? ¿Hay algun plazo de espera para que lo haga? (Lei un mensaje de abogado1987 en el que dice: "le mostras al de mesa de entradas el auto firmado por el juez, donde pide que certifique el actuario y le decis: ¿le pasas esto al secretario para que certifique?").
¿Puedo ir a pedir que se lo pasen ya o hay que esperar mas tiempo? No encontre plazos para esto en el CPCCN, pero quiza la costumbre establece otra cosa.
Como siempre, espero sus comentarios aclaratorios, agradeciendo por adelantado.
tito



