Me ayudan? no entiendo éste proveído..fuí al juzgado (laboral de capital) y no pude ver el expte porque no está en letra..ya me llegó la cédula y no entiendo aún que me están ordenando...
Dice así:
Téngase presente lo manifestado con relación a los libros y
documentación contables. Toda vez que el domicilio denunciado en xxxxxx
xxxxx – Rosario – SANTA FE, siendo este en extraña jurisdicción líbrese oficio
2172 al Sr. Juez de igual grado en turno de la jurisdicción correspondiente
solicitándole sorteé perito CONTADOR a fin de que se expida sobre los puntos
solicitados a fs. 16VTA/17 , los
solicitados por la demandada EMPRESA xxxxxxxxxxxx S.A. a fs. 385 y por la parte DEMANDADA PEREZ PEREZ a fs. 178/178vta, por razones de economía procesal queda a cargo
del diligenciamiento del mismo la parte ACTORA, quien deberá traer a
confronte dicho oficio, acompañando copia de la totalidad de los puntos
periciales mencionados precedentemente en el plazo de DIEZ días, retirarlo
dentro del plazo de CINCO días de confrontado y acredita su diligenciamiento
dentro del plazo de VEINTE días de retirado, bajo apercibimiento de tenerle por
decaído de la pericial contable y poner encabeza de las demandadas los restantes
puntos periciales. NOT.
NOTIFIQUESE.
entiendo mal, o debo enviar al perito contable a Santa Fé, los puntos de pericia de las demandadas también????..por razones de economía procesal?..me están jodiendo???...
dice queda a cargo de la parte actora el diligenciamiento del mismo...ni que me fuera gratis
Dice así:
Téngase presente lo manifestado con relación a los libros y
documentación contables. Toda vez que el domicilio denunciado en xxxxxx
xxxxx – Rosario – SANTA FE, siendo este en extraña jurisdicción líbrese oficio
2172 al Sr. Juez de igual grado en turno de la jurisdicción correspondiente
solicitándole sorteé perito CONTADOR a fin de que se expida sobre los puntos
solicitados a fs. 16VTA/17 , los
solicitados por la demandada EMPRESA xxxxxxxxxxxx S.A. a fs. 385 y por la parte DEMANDADA PEREZ PEREZ a fs. 178/178vta, por razones de economía procesal queda a cargo
del diligenciamiento del mismo la parte ACTORA, quien deberá traer a
confronte dicho oficio, acompañando copia de la totalidad de los puntos
periciales mencionados precedentemente en el plazo de DIEZ días, retirarlo
dentro del plazo de CINCO días de confrontado y acredita su diligenciamiento
dentro del plazo de VEINTE días de retirado, bajo apercibimiento de tenerle por
decaído de la pericial contable y poner encabeza de las demandadas los restantes
puntos periciales. NOT.
NOTIFIQUESE.
entiendo mal, o debo enviar al perito contable a Santa Fé, los puntos de pericia de las demandadas también????..por razones de economía procesal?..me están jodiendo???...
dice queda a cargo de la parte actora el diligenciamiento del mismo...ni que me fuera gratis
