Muchas gracias Adrian por tu respuesta.
Yo intime por la LE en el primer TCL, pero cuando me di cuenta, que estaba a tiempo de enviarle los TCL a la AFIP, mi cliente se demoro por otras circunstancias y no se las envié. Reconocí mi error. pero mi cliente ya estaba despedido, verbalmente. Luego de que le enviáramos el otro TCL en el cual ya reclamamos la indem de LCT mas la indem de L. 25.323(que nunca contesto al igual que tampoco el primero) se presento al MT y consigno el dinero, los recibos (que jamas le entrego a mi cliente ni le hizo referencia alguna de ellos, y encima en el recibo hay una suma que no es la que mi cliente recibía, que ademas no figura la categoría que en verdad se corresponde con las tareas que realizaba mi cliente) y la baja de AFIP. pero ojo.... me fije en el historial de mi cliente en AFIP y no figura dicha alta, si la baja, por ende intuyo que el tramite se inicio el mismo día en que se dio la baja, y eso es fraude laboral. y de darse el alta el empleador tiene dos días para comunicarle ese hecho al trabajador... que vuelvo a reiterar, nunca contesto los TCL, y al ultimo lo rechazo. Mi cliente no quería tanto conflicto, por ello es que mandamos los TCL, y yo después de haber esperado el vencimiento de los plazos me comunique con el empleador, para tratar de arreglar antes y presentarnos espontáneamente al MT. El Sr. me corto el teléfono a penas le dije quien era...
En el momento que escribí el anterior post estaba totalmente furiosa ( vuelvo a reiterar... me parece una falta de respeto ver y escuchar como las Srtas. que trabajan en el MT estaban a las carcajadas tomando mates, mientras en frente se realizaba una audiencia de conciliación, y mas me enfureció que me diga a todo, "No se"!! "hay no lo leí"!!) y cometí la burrada que me hiciste notar (para la próxima escribiré en el foro de la misma forma en que redacto los escritos judiciales, mis mas sinceras disculpas... quizás le dolió los ojos de leer algo así), y te lo agradezco.Y me hizo muy bien descargarme en el foro.... Soy principiante, y trato de leer mucho y aprender casi mucho mas de lo que he aprendido en 7 años de facultad (menos lengua española, claro esta!!) Ojala que yo no cometa errores de ahora en mas... pero te aseguro que quizás si los cometa... porque en primer lugar soy humana, y segundo recién estoy empezando. Si supiera todo no me haría falta leer el foro, ni escribir mis dudas en el...
De verdad te agradezco tu aporte... Y de las opciones que me diste, todas se refieren a la LE. y como reza el art. 3, inciso 1°, del dec. 2725/91, dicha ley se aplica mientras la relación este vigente. Mi cliente ya estaba despedido, que como bien decís, no fue de modo fehaciente.
Bueno no quisiera cansar con todo esto. Si en su defecto, te interesa un mejor relato de lo acontecido, te lo cuento por Msj Privado.
Otra cosita... para mis ojos, todo caso traído a mi estudio es interesante... amo esta profesión... y de a poco... voy entrando en ella...
Saludos