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  • incostitucion de art de la ley de empleada domesti

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1044003  por pedror60
 
Tengo ganas de plantear la inconstitucionalidad del art 72 inc d de la ley de servicios domésticos N°26844 respecto a la no aplicación de la ley 25013 porque la afecta a mi cliente que está obligada a iniciar acciones judiciales ya que el empleador fue notificado fehacientemente y no le abona las indemnizaciones q le corresponden en la demanda. Que opinan
 #1044141  por flux
 
Planteala, la basas en el art 14 y 14 bis de la CN diciendo que se han creado dos tipos de trabajadores, uno con mas derechos y otros con menos derechos y ves que resulta; total..., es un parrafo de media carilla mas. En el peor de los casos te lo rechazan

Despues de este mensaje me diste la idea de hacerlo yo tambien en los futuros casos de empleo domestico, total..., por probar no se pierde nada 8)
 #1044459  por TORDO
 
Y por que plantear la inconstitucionalidad, no encuentro fundamento.-
La verdad que conceptos como planteala sin miedo de ultima te la rechazan, o como "con probar no se pierde nada", le quita todo analisis juridico y los convierte en aprendices de cocina mas que en abogados.-
Yo creo que podes plantear fundamentando un poco la aplicación del Art 2 de la ley 25.323, con fundamente al texto de la misma cuando dice establece que las
indemnizaciones previstas en los arts. 232, 233 y 245 de la ley de
contrato de trabajo, 6 y 7 de la ley 25013, [b]o las que en el futuro
las reemplacen,[/b],
la nueva ley crea todo un sistema indemnizatorio, que se sustenta en la LCT que usa de norma de referencia para los casos no previstos, por ahi debes centrar el planteo, hay que leer un poco mas y ponerse a pensar un poco mas para fundamentar el planteo y puede que sea conducente, ahora con probar no se pierde nadaa ...............
 #1044498  por eltam88
 
A lo que voy TORDO es que si tiene fundamentos que lo haga. ¿que problema hay con reclamar algo de lo que estás convencido que puede prosperar?
 #1044503  por TORDO
 
eltam88, ampliado tu concepto tiene mas sentido, pero por ahí tengo otro concepto de una colega FLUX, que cita la doctrina del "con probar no se pierde nada....", decime si es serio ???
 #1044504  por eltam88
 
El concepto sería, si tenés los fundamentos plantealo, no concuerdo con sacudir lo que me venga a la cabeza "por las dudas". No creo igual que Flux piense de ese modo.
 #1046275  por flux
 
Casi seguro que lo rebotan. Ya con el decreto viejo era raro que dieran la inconstitucionalidad. Menos ahora con la nueva ley.

Pero, por el solo gusto de probar, podes poner que negarle el articulo 2 de la 25.323 es negarle el derecho a la trabajadora domestica de estar equiparada con los demas trabajadores. Que eso atenta contra los articulos 14 y 14 bis por la igualdad entre personas y por motivo de que el trabajo debe gozar "en todas sus formas" (domesticas incluidas) de proteccion. Y que a fin de cuentas la norma del articulo 2 de la ley 25.323 es en si una multa de caracter procesal nacida del hecho mismo de tener que iniciar acciones legales, y que por eso no se relaciona con derecho de fondo ni atenta contra la naturaleza especial del nuevo estatuto de domesticas y su regulacion especial separada de la ley de contrato de trabajo, por lo que no se ve impedimento para que pueda aplicarse. Mucho mas que esto no vas a poder poner. Y casi seguro te lo van a bochar, pero no es mas de un parrafo de 8 a 10 lineas
 #1069460  por pepecurdele
 
la cuestion seria que si es inconstitucional se deberia aplicar no solo para el los emp. Domesticos, sino tambien en el marco de la 22250 que tambien remite a la LCT. lo veo dificil habida cuenta que ya hay jurisprudencia la respecto al menos con la 22250.
 #1069584  por TORDO
 
Que eso atenta contra los articulos 14 y 14 bis por la igualdad entre personas y por motivo de que el trabajo debe gozar "en todas sus formas" (domesticas incluidas) de proteccion. Y que a fin de cuentas la norma del articulo 2 de la ley 25.323 es en si una multa de caracter procesal nacida del hecho mismo de tener que iniciar acciones legales, y que por eso no se relaciona con derecho de fondo ni atenta contra la naturaleza especial del nuevo estatuto de domesticas y su regulacion especial separada de la ley de contrato de trabajo, por lo que no se ve impedimento para que pueda aplicarse. Mucho mas que esto no vas a poder poner. Y casi seguro te lo van a bochar, pero no es mas de un parrafo de 8 a 10 lineas

este texto es una locura, contraria a derecho.- No es seria esta opinion!!
 #1069633  por flux
 
este texto es una locura, contraria a derecho.- No es seria esta opinion!!
Y esa seria tu respuesta juridica a una inconstitucionalidad planteada en esos terminos?

Se supone que tendrias que fundamentar porque contraria a derecho considerar que el trabajo goza de proteccion en todas sus formas segun CN y que consideras una desigualdad violatoria del art 14, 14 bis y 16 CN que siendo tan trabajadora una domestica como un empleado de comercio, solo al ultimo se lo beneficia con una multa extra para el caso de negativa injustificada a abonarle la indemnización con la consecuente obligacion de iniciar juicio por esa actitud de negarle tal pago; mientras que a la domestica se la deja afuera de esa regulacion "porque si"
 #1069725  por TORDO
 
la verdad que no tengo mucho tiempo ahora para " rechazarte", el planteo, pero planteado asi no es serio.- la inconstitucionalidad como dice la CSJN es la ultima ratio a la que debe llegar el juez, y con un planteo como el que haces hay "ratio" para rato de la norma.- Igual hay antecedentes que no hacen lugar al planteo, yo lo que critico es que como abogados no podemos plantear "para ver que pasa".- salvo que tengamos buenos fundamentos para hacerlo.-
saludos
Y prometo con mas tiempo atacar tu planteo con mayor fundamento escrito en este chat.-
 #1069808  por flux
 
Que me digas que en general los juzgados rechazan las inconstitucionalidades es cierto. Tambien porque ni leen de que se tratan y sacan sentencias copy-paste y hacen cantidad

Que me digas que la inconstitucionalidad es la ultima ratio tambien es cierto, pero que otra opcion procesal tenes cuando te encontras con una ley que de deniega "porque si" una ventaja que a otros trabajadores si se la dan?

Lo que si no tiene seriedad es que me digas que ahora no tenes tiempo para un rechazo y reiteres que digas que el planteo no es serio, porque lo poco serio es decir "no tengo tiempo para contestar" a un planteo concreto que te cita 3 articulos de la CN que se considerarian violados por la exclusion arbitraria de la nueva ley de empleo domestico

Ahora bien, como letrados no podemos plantear lo que queremos... pero si mientras lo fundemos, aun si sabemos que nos lo van a dar por el marote. Cual es el perjuicio de hacerlo? De no ser asi entonces en el 2002 todos tendriamos que haber aceptado que por nuestros U$S nos tenian que dar 1,40 mas CER o CVS cuando el U$S estaba a 3, 50 y subiendo y a la vez aceptar el chiste del estado de la ley de cesion forzada de las deudas de privados que el estado queria pagar a los acreedores privados con bonos "bo.no.cobras" para salvar deudores pillos que se tiraron a no pagar...; y planteado inconstitucionalidades fue como se logro el esfuerzo compartido y hacer merda la cesion forzada de las deudas, por mas que la CSJN chupamedias del gobierno "llorara" que la pesificacion era buena y todos tenian que aceptarla, igualmente los jueces de 1 instancia y camaras se pasaban a la corte por el garete y aplicaban la CN como debia ser y despues anda a meter extraordinarios si no te gusta (que en su mayoria despues eran rechazados porque ni a corte llegaban)