Buenas tardes!! Necesito ayuda! Hace ya varios años que no inicio ningun procedimiento por injurias, y ahora me surgen dudas, debido a la reforma de 2009. Ya envie la carta documento correspondiente, pero la persona a quien fue dirigida no se retracto de los dichos hacia mi cliente. Ahora, estuve consultando y me dijeron que debo pedir una medicación, y me encontre con un problema. No hay ningún código en el fuero Civil que se refiera a las calumnias o injurias. Mi pregunta es entonces. Debo iniciar directamente la querella y un daños y perjuicios? Pero como inicio el daños y perjuicios sin la mediación. Mi cliente quiere la mediación judicial, pero lo unico que se me ocurre es iniciar un daños y perjuicios, pero no directamente iniciar un injurias por via civil. Suena bastante tonta la pregunta, pero desde 2007 que no hago injurias y estos cambios me hacen sentir perdida. Muchas gracias!!!!