Estimados, les cuento una consulta de una empresa. La misma quiere desvincular a un empleado por el art 245 a los efectos de que cobre la indemnización como gratificación. Como no pueden hacerlo figurar como concepto "gratificación" me plantean si pueden desvincularlo por el 245.
No han cursado la intimación del 253, pero el trabajador está con la edad y los aportes cumplidos para jubilarse.
Que piensan? Como proceder para jubilarlo y a la vez abonarle el 245? gracias.
No han cursado la intimación del 253, pero el trabajador está con la edad y los aportes cumplidos para jubilarse.
Que piensan? Como proceder para jubilarlo y a la vez abonarle el 245? gracias.