Hola colegas tengo una gran duda sobre este tema. El caso se basa en un primo soltero sin padres y sin hermanos ni hijos. La sucesión la abre una tía de la madre del causante que también falleció. Una prima hermana del causante(hija de un tío por parte de madre) que es mi clienta, se presenta aludiendo vocación hereditaria aludiendo al 3585gordo del cc, señalando que la vocación hereditaria alcanza hasta el 4to grado de colateralidad. Pero la tía que inicio la sucesión se opone a está presentación senalando que habiando tíos del causante estos desplazan a los primos a pesar de que mi clienta es hija de un tío directo fallecido hace tiempo. Está bien eso? No es que mi clienta tiene derecho a hacer valer el detrecho de su padre muerto?
