Hola a todos. Consulta breve: Empleada doméstica sin registrar. Despido indirecto por negación de la relación laboral. Ya que no aplicamos la 24013 ni la 25323 ni la 25345 (que da la redacción actual al 80 LCT). El reclamo se basa en la ley 26844 (agravamiento art 50), art 275 LCT (conducta temeraria y maliciosa) y art 53 ter de la 11653 (pcia de bsas). Hasta ahí voy bien?. Ahora...cómo se solicita que le hagan los aportes y contribuciones por el plazo que trabajó? En teoría no puedo invocar el art 80 LCT para intimar a que entreguen certificado de trabajo...cómo pido que se le entregue la documentación (libreta de trabajo o algo que acredite el tiempo de servicios)?. En caso de haber una manera de intimar a entrega de documentación, se hace bajo apercibimiento de astreintes o ese supuesto es sólo para el art 80?
Gracias!!!
Gracias!!!