Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • causas de seguridad social.

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1073025  por alejandra01
 
Hola chicos..estoy con dos proveídos y quiero saber si lo interpreto bien:
"Elévense las presentes al Superior, sirviendo ésta de atenta nota de envío.
Hágase saber a las partes que el plazo de ciento veinte días para el cumplimiento del decisorio de autos (art. 22 de la ley 24.463) comenzará a computarse, una vez firme la Sentencia, desde que el Organismo demandado recepcione copia simple de Sentencia/s firme/s en su domicilio constituido de Av. Paseo Colón 329 7º piso CABA, mediante oficio de estilo, quedando a cargo de la parte actora su confección y diligenciamiento (art. 400 CPCCN).

La mencionada notificación podrá ser cursada por la parte interesada una vez pronunciada la Alzada (o la Excma. Corte, en su caso), sin perjuicio de la ubicación física del expediente judicial: o en los presentes autos, una vez devueltos a esta instancia."
y el otro: "atento el estado de autos y en el marco de lo resuelto en la Resolución de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social Nº 27 del 30 de Mayo del 2011 se requirieron las actuaciones administrativas de la actora por el sistema SIDUJ / BUSS JUZ. Se agrega constancia expedida por la Web.

Una vez recibidas, se cargarán en el Sistema Informático del PJN a fin de que puedan ser compulsadas por la interesada."
Esto quiere decir que queda la causa parada hasta que se acompañe el administrativo? Este tramita en el 4. Ya se hicieron todos los traslados y pedí conclusa. Me contestaron esto...

Gracias...
 #1073026  por alejandra01
 
ah..en el 4 contesté el traslado, pedí se declare la causa de puro derecho y me contestaron: Agréguese y téngase presente lo manifestado.

La verdad..no se que hacer con éste..porque deberé volver a pedir lo mismo? es una pensión ...o también queda en suspenso hasta que aparezca el administrativo?
 #1073739  por coraso
 
Hola Alejandra, en cuanto a la primer duda ordena "elevar al superior" o sea que alguien apelò y va a camara. despues se anticipa para que sepas como proceder despues, una vez que la sentencia de camara este firme.

En cuanto a la segunda duda, si: el expediente queda ahi hasta que lo envien. Pero si nunca lo envian, en un caso mio me hicieron notificar con las copias del administrativo que yo presente. Y ante el silencio de Anses en el plazo de 10 dias, se seguira con el tramite.
saludos
 #1073773  por alejandra01
 
gracias coraso...!. esto de que cada juzgado tenga su proceso me cansa un poco...
coraso escribió:Hola Alejandra, en cuanto a la primer duda ordena "elevar al superior" o sea que alguien apelò y va a camara. despues se anticipa para que sepas como proceder despues, una vez que la sentencia de camara este firme.

En cuanto a la segunda duda, si: el expediente queda ahi hasta que lo envien. Pero si nunca lo envian, en un caso mio me hicieron notificar con las copias del administrativo que yo presente. Y ante el silencio de Anses en el plazo de 10 dias, se seguira con el tramite.
saludos
 #1073781  por lujan07
 
Es complicado litigar en Seg. Soc. (Juzg. N° 3)
Los amparos para pensionadas tengo que iniciar ejecución, porque no cumplen la sentencia.
Está difícil.
 #1073811  por alejandra01
 
ya tenes sentencia de cámara en alguna pensión luján??
lujan07 escribió:Es complicado litigar en Seg. Soc. (Juzg. N° 3)
Los amparos para pensionadas tengo que iniciar ejecución, porque no cumplen la sentencia.
Está difícil.
 #1073846  por Alejandra Radua
 
lujan07 escribió:Es complicado litigar en Seg. Soc. (Juzg. N° 3)
Los amparos para pensionadas tengo que iniciar ejecución, porque no cumplen la sentencia.
Está difícil.
Y agradecé que está en el juzgado 3 que concede el embargo.
Te imaginás los que padecemos el juzgado2, 4, 6....