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  • Sentencia de trance y remate AYUDA!

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 #820700  por Ros
 
Hola chicos, estoy llevando un ejecutivo, y embargue el sueldo al deudor, el mismo no se presento nunca, el juzgado dicto la sentenca de trance y remate, ahora que tengo que hacer? nunca llegue a esta instancia, siempre arregle! gracias a todos!
 #820708  por Ros
 
gracias por tu respuesta, el domicilio del deudor quedo constituido en los estrados del juz!
 #820714  por Ros
 
Se le dio por perdido el derecho, porque no se presento! luego que pase el plazo de notificacion, practico liquidacion directamente, o se solicita?
 #820841  por gusgus
 
josefernandez escribió:SI PERO LA SENTENCIA SE NOTIFICA EN EL DOMICILIO REAL, una vez vencido el plazo praticas planilla
no, no.... la sentencia se notifica por ministerio de la ley, ya que en el juicio ejecutivo no rigen las reglas de la rebeldia...

asi que una vez vencido el plazo para apelar, se pide saldo de cuenta (ya que la liquidacion se practica si hay dinero disponible), practicas liquidacion (traslado por nota), una vez q se aprueba (por nota se notifica todo absolutamente) pedis regulacion de honorarios, una vez firme (tampoco se notifica) pedis giros segun privilegios (honorarios, aportes, gastos, luego intereses, luego capital)

exitos
 #820920  por Ros
 
Bueno, ahora no se bien que hacer? gracias, gugus, entonces, dejo pasar el plazo y tengo que manifestarlo, "...siendo que ha vencido el plazo atento a que el demandado ha quedado notificado en los estrados del juzgado, vengo a practicar liquidacion, ? algo asi?
 #820938  por gusgus
 
Ros escribió:Bueno, ahora no se bien que hacer? gracias, gugus, entonces, dejo pasar el plazo y tengo que manifestarlo, "...siendo que ha vencido el plazo atento a que el demandado ha quedado notificado en los estrados del juzgado, vengo a practicar liquidacion, ? algo asi?
si si, asi debes continuar..

no se notifica por cedula al real la sentencia (en realidad en el ejecutivo no se notifica nada mas al real), fijate que seguramente en la sentencia hicieron efectivo el apercibimiento del art. 41 y le tienen por constituido el domicilio en los estrados
 #1073840  por mijita
 
Hola yo no entiendo mas nada!!! la intiman de pago en juicio ejecutivo a mi cliente por pagare, se presenta, constituye domicilio, se allana da en pago, acompaña deposito de pago!! y dictan sentencia de remate y embargo y dan como constituido los estrados!! :evil: :evil: :evil: :evil: :evil: