Hola chicos, estoy llevando un ejecutivo, y embargue el sueldo al deudor, el mismo no se presento nunca, el juzgado dicto la sentenca de trance y remate, ahora que tengo que hacer? nunca llegue a esta instancia, siempre arregle! gracias a todos!
josefernandez escribió:SI PERO LA SENTENCIA SE NOTIFICA EN EL DOMICILIO REAL, una vez vencido el plazo praticas planillano, no.... la sentencia se notifica por ministerio de la ley, ya que en el juicio ejecutivo no rigen las reglas de la rebeldia...
Ros escribió:Bueno, ahora no se bien que hacer? gracias, gugus, entonces, dejo pasar el plazo y tengo que manifestarlo, "...siendo que ha vencido el plazo atento a que el demandado ha quedado notificado en los estrados del juzgado, vengo a practicar liquidacion, ? algo asi?si si, asi debes continuar..