Estimados , jamas ejecuté honorarios lo hice y trabé embargo sobre un automotor , pedi sentencia y en el despacho dice:No habiendo deducido excepciones legítimas dentro del término de ley, y en orden a lo previsto por el art. 506 del CPCC, mándase llevar la ejecución adelante. Hágase efectivo el apercibimiento del art. 4l del CPCC, quedando en consecuencia constituído en los Estrados del juzgado el domicilio legal de la demandada.
No se como seguir : presento liquidación o se ordene subasta?.....lo mas tremendo es que el ejecutado vendió el auto que pasa en este caso ?
No se como seguir : presento liquidación o se ordene subasta?.....lo mas tremendo es que el ejecutado vendió el auto que pasa en este caso ?
