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 #1075344  por elisaestudio
 
Estimados , jamas ejecuté honorarios lo hice y trabé embargo sobre un automotor , pedi sentencia y en el despacho dice:No habiendo deducido excepciones legítimas dentro del término de ley, y en orden a lo previsto por el art. 506 del CPCC, mándase llevar la ejecución adelante. Hágase efectivo el apercibimiento del art. 4l del CPCC, quedando en consecuencia constituído en los Estrados del juzgado el domicilio legal de la demandada.

No se como seguir : presento liquidación o se ordene subasta?.....lo mas tremendo es que el ejecutado vendió el auto que pasa en este caso ?
 #1075345  por estudiojuridicobds
 
si lo vendio pedi el secuestro del automotor oficiendo a la policia que si lo para en algun control que lo secuestre, si lo vendio el comprador se metio en un lio dado que si no hizo la transferencia esta al horno
 #1075395  por elisaestudio
 
Gracias colegas pero como acredito yo que lo vendió si la transfeencia no se hzo aun porque el rodado está en condominio y uno de ellos me lo comentó ya que lo llaman para formar ......ahora otra cosa si el comprador antes de transferir viene y paga el monto del embargo, como lo instrumento yo en el ejecutivo puedo presentar un escrito que diga que habiendo llegado a un arreglo extrajudicial no sigo con la ejecución y levantar el embargo , me refiero como sigo el expediente si me pagan fuera del expediente?