Hola, por favor tengo una consulta bastante urgente, el tema es el siguiente: por medio de una conexión clandestina una persona tomaba energía eléctrica desde un Dpto. en detrimento del consorcio, el hecho se conoció hace 6 meses. Quisiera saber cuantos periodos se le podría reclamar atento que se supone que lo hacia desde hace 10 años lo cual es un hecho de tracto sucesivo. Considerando que la responsabilidad extracontractual tiene un plazo de prescripción de 2 años pero se conoció como dije anteriormente hace 6 meses, si reclamo por diez años atento no haber tenido conocimiento anterior, ¿solo me reconocerán en vía judicial en su caso los últimos 2 años en caso de que opongan excepción de prescripción?..