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  • FIN ILT, QUE SUCEDE????

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 #1082255  por analia1985
 
Estimados, les hago una consulta. Telefonicamente me adelanto un cliente que sufrio un accidente laboral el 30 de enero de 2014, lo cual le produjo quemaduras en sus brazos y pecho. Desde entonces se encuentra asistido por la ART, con curaciones tratamiento. Mi pregunta y disculpen si es muy ignorante de mi parte. Que sucede cuando se cumpla el año ahora el 30 de este mes??? Debo esperar a ver si la ART le otorga el alta??? Le da algun grado de incapacidad, transformandose en ILPP en el caso de ser mayor al 66%??? Y ahi ser indemnizados por el porcentaje otorgado?Todavia no me entreviste personalmente con el cl *suerte* iente, por eso no tengo mas datos. Muchas gracias desde ya a quien me guie. Saludos- *suerte*
 #1082272  por santiheladero
 
Lo que dice la ley, segun lo que resulte del caso:
si esta en condiciones de reintegrarse, hacerlo y notificar su voluntad.
o Solicitar otras tareas acordes
si la ART dterminar incapacidad absoluta, indemnizacion.