Tengo el siguiente caso, para debatir:
A emite un cheque diferido a B, B se presenta al cobro del cheque 10 dias despues del vencimiento, atento que A le manifestaba que por el monto del cheque no llegaba a cubrirlo, ante tanta dilatacion B decide cobrarlo, a lo que el banco le informa que el cheque ha sido rechazado sin fondos.
Posteriormente B inicia juicio ejecutivo por el cobro del mismo contra A, pero A adjunta en la contestacion de la demanda, (realizada un dia anterior a la presentacion al cobro de B) denuncia en la fiscalia de robo de chequera y dentro de la misma incluye el cheque en cuestion, con imputados a determinar y dicha denuncia la presenta personalmente ante el banco girado 8 dias posteriores a la presentacion de B al cobro del cheque.
Ahora bien el cheque argumenta A que no ha sido llenado por el, pero que si lo firmo en blanco, por lo cual solicita pericia caligrafica.
A libro otros cheques que tambien fueron rechazados sin fondos, y uno de ellos tambien inicio juicio ejecutivo.
Teniendo en cuenta lo expuesto, creo que A obrando ya con malicia al momento de emitir el cheque, lo hizo llenar con otra persona y el solo lo firmo, ya preveendo la denuncia posterior. En cuanto al juicio ejecutivo, entiendo que no hay problemas y va a perder el proceso, atento que no tiene mucho sustento sus argumentos.
Con respecto a la sede penal, A quiere iniciar una accion contra B para lograr imputarlo y lograr asi negociar el valor del cheque, a lo que me surgen varios interrogantes:
a) procede una denuncia penal contra B, siendo que el cheque se rechazo sin fondos y atendiendo a las circunstancias del caso, que demuestran que A actuo mailiciosamente para evitar el pago del cheque?
b) No corresponderia a B a realizar una presentacion espontanea ante tribunales penales, a los fines de lograr la imputacion por el art 320?
c) En cuanto a la denuncia obrante en la fiscalia de instruccion, tiene viabilidad de llegar a imputar a B, atento que no se encuentra denunciado? supongo que A debera demostrar las circunstancias del hecho a los fines de determinar si hubo robo realmente y no una frustracion maliciosa del pago?
d) B podria iniciar acciones civiles y penales a los fines de lograr la imputacion de A por la conducta maliciosa?
A emite un cheque diferido a B, B se presenta al cobro del cheque 10 dias despues del vencimiento, atento que A le manifestaba que por el monto del cheque no llegaba a cubrirlo, ante tanta dilatacion B decide cobrarlo, a lo que el banco le informa que el cheque ha sido rechazado sin fondos.
Posteriormente B inicia juicio ejecutivo por el cobro del mismo contra A, pero A adjunta en la contestacion de la demanda, (realizada un dia anterior a la presentacion al cobro de B) denuncia en la fiscalia de robo de chequera y dentro de la misma incluye el cheque en cuestion, con imputados a determinar y dicha denuncia la presenta personalmente ante el banco girado 8 dias posteriores a la presentacion de B al cobro del cheque.
Ahora bien el cheque argumenta A que no ha sido llenado por el, pero que si lo firmo en blanco, por lo cual solicita pericia caligrafica.
A libro otros cheques que tambien fueron rechazados sin fondos, y uno de ellos tambien inicio juicio ejecutivo.
Teniendo en cuenta lo expuesto, creo que A obrando ya con malicia al momento de emitir el cheque, lo hizo llenar con otra persona y el solo lo firmo, ya preveendo la denuncia posterior. En cuanto al juicio ejecutivo, entiendo que no hay problemas y va a perder el proceso, atento que no tiene mucho sustento sus argumentos.
Con respecto a la sede penal, A quiere iniciar una accion contra B para lograr imputarlo y lograr asi negociar el valor del cheque, a lo que me surgen varios interrogantes:
a) procede una denuncia penal contra B, siendo que el cheque se rechazo sin fondos y atendiendo a las circunstancias del caso, que demuestran que A actuo mailiciosamente para evitar el pago del cheque?
b) No corresponderia a B a realizar una presentacion espontanea ante tribunales penales, a los fines de lograr la imputacion por el art 320?
c) En cuanto a la denuncia obrante en la fiscalia de instruccion, tiene viabilidad de llegar a imputar a B, atento que no se encuentra denunciado? supongo que A debera demostrar las circunstancias del hecho a los fines de determinar si hubo robo realmente y no una frustracion maliciosa del pago?
d) B podria iniciar acciones civiles y penales a los fines de lograr la imputacion de A por la conducta maliciosa?