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  • cheque denucia penal

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 #1082428  por walter_cba
 
Tengo el siguiente caso, para debatir:
A emite un cheque diferido a B, B se presenta al cobro del cheque 10 dias despues del vencimiento, atento que A le manifestaba que por el monto del cheque no llegaba a cubrirlo, ante tanta dilatacion B decide cobrarlo, a lo que el banco le informa que el cheque ha sido rechazado sin fondos.
Posteriormente B inicia juicio ejecutivo por el cobro del mismo contra A, pero A adjunta en la contestacion de la demanda, (realizada un dia anterior a la presentacion al cobro de B) denuncia en la fiscalia de robo de chequera y dentro de la misma incluye el cheque en cuestion, con imputados a determinar y dicha denuncia la presenta personalmente ante el banco girado 8 dias posteriores a la presentacion de B al cobro del cheque.
Ahora bien el cheque argumenta A que no ha sido llenado por el, pero que si lo firmo en blanco, por lo cual solicita pericia caligrafica.
A libro otros cheques que tambien fueron rechazados sin fondos, y uno de ellos tambien inicio juicio ejecutivo.
Teniendo en cuenta lo expuesto, creo que A obrando ya con malicia al momento de emitir el cheque, lo hizo llenar con otra persona y el solo lo firmo, ya preveendo la denuncia posterior. En cuanto al juicio ejecutivo, entiendo que no hay problemas y va a perder el proceso, atento que no tiene mucho sustento sus argumentos.
Con respecto a la sede penal, A quiere iniciar una accion contra B para lograr imputarlo y lograr asi negociar el valor del cheque, a lo que me surgen varios interrogantes:
a) procede una denuncia penal contra B, siendo que el cheque se rechazo sin fondos y atendiendo a las circunstancias del caso, que demuestran que A actuo mailiciosamente para evitar el pago del cheque?
b) No corresponderia a B a realizar una presentacion espontanea ante tribunales penales, a los fines de lograr la imputacion por el art 320?
c) En cuanto a la denuncia obrante en la fiscalia de instruccion, tiene viabilidad de llegar a imputar a B, atento que no se encuentra denunciado? supongo que A debera demostrar las circunstancias del hecho a los fines de determinar si hubo robo realmente y no una frustracion maliciosa del pago?
d) B podria iniciar acciones civiles y penales a los fines de lograr la imputacion de A por la conducta maliciosa?
 #1082444  por santiheladero
 
procede una denuncia penal contra B, siendo que el cheque se rechazo sin fondos y atendiendo a las circunstancias del caso, que demuestran que A actuo mailiciosamente para evitar el pago del cheque?

No entendi el tipo que emitio un cheque sin fondos quiere denunciarlo a B?

B podria iniciar acciones civiles y penales a los fines de lograr la imputacion de A por la conducta maliciosa?
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El delito de pago de cheques sin fodons esta en el art 302.
 #1082532  por documentologia
 
Buen día, respecto a pericial caligrafo (soy perito) A debería poder demostrar que el contenido del texto fue con posterioridad a la firma (en ocasiones se logra demostrar y en otras no).

Si el cheque no ha sido llenado por tu cliente, este no debería porque preocuparse, mas aun si A no logra demostrar que el texto del cheque fue posterior a la firma.

Lo que te recomiendo es que tu cliente designe perito de parte en causas de ambos fueros a fin de que fiscalice las operaciones técnicas de los respectivos peritos oficiales, las peleas técnicas se hacen en el momento de realización de pericia, luego ante conclusión desfavorable es mas difícil todo.

Saludos
 #1082599  por walter_cba
 
si lo quiere denuciar, diciendo que el cheque fue robado, segun la denuncia que hizo en la fiscalia y supongo tratar de imputarlo aduciendo que el cheque es robado, pero al haber sido rechazado por el banco sin fondos, entiendo que no hay delito consumado, por q no ha sido rechazado por robo el cheque.
Con respecto a la pericia, entiendo segun la jurisprudencia que por mas que la libradora del cheque no haya completado el contenido del mismo, como en este caso que lo hizo llenar por otro agrede, al fimarlo incluso como aduce en blanco, sabe que es un mandato tacito y solo puede cuestionar el monto del cheque si demuestra que la obligacion surge de un contrato en el que el monto sea menor.
 #1082714  por feragus
 
Denunciá por art. 302 incs. 1ro. y 3ro. del CP, aportando como prueba, además del cheque, el juicio ejecutivo. Yo creo q por el inc. 1 no va porque estaba diferido.
La denuncia hacela en la Cámara Penal Económico, Inmigrantes 1950 2do piso.
 #1196984  por gestion2018
 
Estimados, referido a este tema, y que en ningún banco encontré certezas, tampoco en normativa. Un cliente tuvo que denunciar valores por extravío que implicaba el clearing por distintos bancos. Todos rechazaron por ONP (Orden de No Pagar), denuncia que fue ratificada ante el juzgado correspondiente, dentro de los plazos indicados. Ahora bien, uno de los bancos procedió a la devolución (rechazo) por el motivo de extravío, pero "con fondos suficientes", mientras que otro, también por extravío pero "sin fondos suficientes", lo que implica su inclusión en la base del BCRA, es decir su publicación por "sin fondos" más la correspondiente multa que fija este organismo. Entiendo que habiendo una denuncia, incluso ratificada, no debería juzgarse al momento de su presentación al cobro si la cuenta contaba con fondos o no... Conclusión, y por acumulación de multas, se ordenó el cierre con el perjuicio de mi cliente de quedar inhibido en todo el sistema financiero para operar.
Favor de aquellos experimentados me orienten al respecto. Muchas gracias.