Hola, colegas -por mi inexperiencia, tomándome el atrevimiento de llamarlos así-, siendo mi primera intervención en el foro, y en la profesión ya que me he matriculado recientemente, les quería pedir consejo con respecto a un telegrama que estoy próximo a mandar.
Poniéndolos en contexto, les puedo decir que es una trabajadora que ingresó en los primero días de junio a trabajar en una galería perteneciente a una artista que vende su propia obra. Esta en negro, y trabaja martes, jueves y sábados desde las 11 a las 21hrs. Cumple diversas tareas, como atención al público, caja, sacar fotos de las obras a la venta, hacer vidriera, asistencia para la realización de las obras, etc.
Esta cobrando $3800, y calculé que por CCT de comercio tendría que estar cobrando 5543 más 665 de presentismo apróx., categorizandola como Vendedora B por ser única empleada. Obviamente no cobró el bono de noviembre que tenía que cobrar comercio y el aguinaldo lo cobró con un faltante de $600.
Hace semanas que viene hablando con la jefa de su situación laboral y de que quiere estar en blanco, ella le dice que se haga monotributo pero mi cliente lógicamente no quiere. La situación actual es que desde el martes no le da tareas.
Yo redacté el siguiente telegrama y quería ponerlo a su disposición para que me digan que les parece, si me esta faltando algo o sobrando.
Desde ya, les agradezco de antemano por las futuras respuestas y espero poder ayudar correctamente a otros usuarios cuando me sienta capacitado para brindar alguna ayuda.
Poniéndolos en contexto, les puedo decir que es una trabajadora que ingresó en los primero días de junio a trabajar en una galería perteneciente a una artista que vende su propia obra. Esta en negro, y trabaja martes, jueves y sábados desde las 11 a las 21hrs. Cumple diversas tareas, como atención al público, caja, sacar fotos de las obras a la venta, hacer vidriera, asistencia para la realización de las obras, etc.
Esta cobrando $3800, y calculé que por CCT de comercio tendría que estar cobrando 5543 más 665 de presentismo apróx., categorizandola como Vendedora B por ser única empleada. Obviamente no cobró el bono de noviembre que tenía que cobrar comercio y el aguinaldo lo cobró con un faltante de $600.
Hace semanas que viene hablando con la jefa de su situación laboral y de que quiere estar en blanco, ella le dice que se haga monotributo pero mi cliente lógicamente no quiere. La situación actual es que desde el martes no le da tareas.
Yo redacté el siguiente telegrama y quería ponerlo a su disposición para que me digan que les parece, si me esta faltando algo o sobrando.
Desde ya, les agradezco de antemano por las futuras respuestas y espero poder ayudar correctamente a otros usuarios cuando me sienta capacitado para brindar alguna ayuda.
Ante la negativa de trabajo a partir del día 13/02/2015 y vuestra negativa a regularizar mi situación de empleo, siendo mi fecha de ingreso 10/06/2014 y mi sueldo $3800 cumpliendo el horario de 11 a 21 los días martes, jueves y sábados, le intimo a que en el plazo de 48hrs hábiles aclare situación laboral, abone la diferencia entre los salarios percibidos desde la fecha de ingreso y el correspondiente proporcional a la categoría Vendedor B del CCT Nº130/75, la asignación no remunerativa correspondiente al mes de noviembre del 2014 según acuerdo a fs.2/25 del Exp. Nº1.618.266/14 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, SAC correspondiente al segundo semestre del 2014 y vacaciones adeudadas, entregue certificado de trabajo, recibo de salarios en doble ejemplar –en donde conste real fecha de ingreso y remuneración según CCT Nº130/75-, acredite depósitos de aportes previsionales y de obra social, todo ello bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa.
Asimismo en los términos de la ley 24.013 le intimo que en el plazo de 30 días proceda a regularizar relación laboral conforme a la fecha de ingreso mencionada, categoría y salario correspondientes a la actividad, caso contrario iniciaré denuncias administrativas y por la Ley Penal Tributaria que correspondan y accionaré por el cobro de las indemnizaciones por despido arbitrario y de las multas contempladas por los arts. 8 y 15 de la ley 24.013.
Se deja constancia que en cumplimiento del art. 11 de la ley 24.013 (conf. Art. 45 de la ley 25.345) se remite copia de la presente a la AFIP.