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  • Citación en 48 hs. por Prohib. de acercamiento.

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 #1083112  por Ariel2012
 
Buenas tardes colegas:

Exp. de Violencia Familiar. A mediados de febrero se cumplen los 90 días de la prohibición de acercamiento. Ahora ¿cómo interpretar lo proveído?:

"En los términos del art. 28 de Ley 26.485, cítese a las partes por separado dentro de las 48 hs. de cumplida la medida ordenada precedente ante este tribunal en el horario de 9:30 a 10."

Ya asumimos patrocinio ¿Hay que ir directamente dentro de las 48 hs en ese horario, o hay que aguardar la notificación de esa citación?
Contamos los 90 ds. desde el día siguiente a la fecha de notificación de la cautelar. ¿llevarán un registro de las fechas en el juzgado?

Muchas gracias!