La duda que surge es la siguiente: mi cliente compró con boleto de compraventa a un sujeto en el año ’71 un terreno y el vendedor al pedirle mas dinero de lo que habían acordado, se lo vendió a otra persona, el nuevo comprador (que hace una escritura en Capital Federal) le inicia a mi cliente un juicio de desalojo en el año ’72 , mi cliente gana en primera instancia y en la apelación. El juicio termina con la sentencia en el año ’85. Dentro de ese expediente quedó el boleto de compraventa original de mi cliente. Ahora tenemos que hacer la usucapión porque ya pasaron mas que los años suficientes de pagar los impuestos correspondientes y de tener 20 años de posesión pacifica. El tema es que no se puede nombrar al vendedor chanta que todavía está vivo, ni se puede decir en el expediente que hay un boleto en un juicio de desalojo… lo único que tenemos es el último titular (el que escrituró) que esta fallecido. ¿Uds. que opinan? Tuvieron un caso similar? Se tendría que decir la toda verdad con el riesgo de que lo citen al “vendedor chanta” o deberíamos no nombrar el boleto para evitar la citación de este último? Y si decimos que debido a la avanzada edad de mi cliente y los años transcurridos no se acuerda del nombre del vendedor?
Gracias.
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