Buenos días colegas, consulto sobre éste tema que, desde ya, no es de los que mejor manejo. La cuestión:
Cliente cae con 4 cheques de pago diferido:
1º) pagadero al 21 diciembre 2012
2º) " 20 enero 2013
3º) " 20 febrero de 2013
4º) " 20 de febrero de 2013
De los 4 cheques solamente uno fue rechazado por falta de fondos (la fecha de rechazo es 24 enero de 2013), los otros 3 cheques, al saber mi cliente la inexistencia de fondos....ni siquiera los presentó. Pero en diciembre del año 2013...le envió al librador Carta Documento intimándolo al pago. ESTA ES TODA LA HISTORIA.
Ahora bien, me gustaria que algún colega avezado en el tema me corrija en lo que yo entiendo:
En principio los plazos para iniciar acciones judiciales en cheques diferidos, se cuentan a partir de la fecha de rechazo (1 AÑO)...por lo tanto el ch. rechazado el 24 enero del 2013, prescribió (la acción para cobrarlo digo...) el 24 enero del 2014, y toooodos los demas aunque no se hayan presentado y no tengan fecha de rechazo...también están prescriptos (como verán, todas las fechas de pago superan el año).
Por otro lado, si bien en diciembre de 2013, se envió carta documento interrumpiendo el plazo por otro año más....ésta, repito, fue enviada en diciembre del 2013 y ya estamos en febrero del 2014, por lo cual, inclusive, ya pasó más de un año desde que se envió ésa C.D.
Colegas, si todo lo que dije es correcto, tambien lo sería que haga un rollito con tooooodos los cheques y los tire a la basura????? O ESTOY EQUIVOCADO??? ESTA TODO PRESCRIPTO??? SE PUEDE HACER ALGO??? perdón por lo extenso pero tenía que explicarlo así. Desde ya , gracias anticipadas al colega que me oriente un poco!!!!!!
Cliente cae con 4 cheques de pago diferido:
1º) pagadero al 21 diciembre 2012
2º) " 20 enero 2013
3º) " 20 febrero de 2013
4º) " 20 de febrero de 2013
De los 4 cheques solamente uno fue rechazado por falta de fondos (la fecha de rechazo es 24 enero de 2013), los otros 3 cheques, al saber mi cliente la inexistencia de fondos....ni siquiera los presentó. Pero en diciembre del año 2013...le envió al librador Carta Documento intimándolo al pago. ESTA ES TODA LA HISTORIA.
Ahora bien, me gustaria que algún colega avezado en el tema me corrija en lo que yo entiendo:
En principio los plazos para iniciar acciones judiciales en cheques diferidos, se cuentan a partir de la fecha de rechazo (1 AÑO)...por lo tanto el ch. rechazado el 24 enero del 2013, prescribió (la acción para cobrarlo digo...) el 24 enero del 2014, y toooodos los demas aunque no se hayan presentado y no tengan fecha de rechazo...también están prescriptos (como verán, todas las fechas de pago superan el año).
Por otro lado, si bien en diciembre de 2013, se envió carta documento interrumpiendo el plazo por otro año más....ésta, repito, fue enviada en diciembre del 2013 y ya estamos en febrero del 2014, por lo cual, inclusive, ya pasó más de un año desde que se envió ésa C.D.
Colegas, si todo lo que dije es correcto, tambien lo sería que haga un rollito con tooooodos los cheques y los tire a la basura????? O ESTOY EQUIVOCADO??? ESTA TODO PRESCRIPTO??? SE PUEDE HACER ALGO??? perdón por lo extenso pero tenía que explicarlo así. Desde ya , gracias anticipadas al colega que me oriente un poco!!!!!!
