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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1083638  por marianelaGK
 
Hola, sera un poco tonto quizas esto, pero estoy enloquecida y es mi ultimo recurso. Rindo Laboral y todos los libros que estan a mi alcance estan totalmente desactualizados, e Internet hay preguntas que no me responde.
Necesito basicamente saber:
Que es y como funciona el SIPA
Si o si hay que hacer aportes en el Anses para jubilarme o puedo elegir solo hacerlo en Pronvincia?
En caso de que sea obligatorio el aporte a Anses, si ademas hago aportes en Provincia, recibo dos jubilaciones? Como funciona?
y por ultimo, como funciona esto de Jubilaciones Nacionales y Jubilaciones Provinciales?
Espero que alguien me pueda ayudar y pueda aprender y aprobar, y algun dia quizas ser colegas.
Gracias y perdon la molestia.
 #1083646  por JUANJOSE47
 
Para salir del paso leer:
Guía Practica Profesional "Previsional" de la Doctora Karina Villagra (5ta Edicion)
Editorial Estudio
Saludos
 #1083706  por Emma2011
 
marianelaGK escribió:Gracias por el dato! pero mi tiempo es escaso! Lo tendre en cuenta luego.
Luego puede ser demasiado tarde si lo lees despues de rendir...yo me ponderia a *leo* urgente el libro que me indicaco Juan jose.
Saludos
 #1083772  por benfer
 
marianelaGK escribió:Hola, sera un poco tonto quizas esto, pero estoy enloquecida y es mi ultimo recurso. Rindo Laboral y todos los libros que estan a mi alcance estan totalmente desactualizados, e Internet hay preguntas que no me responde.
Necesito basicamente saber:
Que es y como funciona el SIPA
Si o si hay que hacer aportes en el Anses para jubilarme o puedo elegir solo hacerlo en Pronvincia?
En caso de que sea obligatorio el aporte a Anses, si ademas hago aportes en Provincia, recibo dos jubilaciones? Como funciona?
y por ultimo, como funciona esto de Jubilaciones Nacionales y Jubilaciones Provinciales?
Espero que alguien me pueda ayudar y pueda aprender y aprobar, y algun dia quizas ser colegas.
Gracias y perdon la molestia.

Eso te dieron para estudiar?? raro pero muy bueno para salir con una nocion aunque sea

Brevemente: el SIPA es el Sistema Integrado Previsional Argentino, podria en palabras un poco caseras pero para que tengas una idea, decirte que se compone de los aportes que realizan los trabajadores, es como una gran caja adonde van los aportes. Gracias a esos aportes el sistema -que es un sistema solidario- concede los beneficios de la seguridad social a aquellas personas que cumplen determinados requisitos (por ej. una jubilacion a una mujer que tiene 60 años y tiene 30 años de aportes, un retiro transitorio por invalidez a un trabajador que no puede seguir trabajando por alguna incapacidad, et, etc)
La Anses es una admininistracion a nivel nacional, pero tambien existen cajas provinciales, (por ej en Bs As, se llama IPS), y tambien otros tipos de cajas previsionales (como la de los medicos, abogados, odontologos etc)
No se puede tener una jubilacion nacional y una provincial, salvo en el caso de las cajas que te menciono, en donde si se puede, una vez cumplidos determinados requisitos.
Espero haberte dado una idea asi profundizas mas facil. Suerte!
 #1083779  por nicosnon
 
A ver:
Definición del SIPA: El S.I.P.A. (Sistema Integrado Previsional Argentino) fue creado por la Ley N° 26.425 a fin de garantizar la administración de uno de los Subsistemas de la Seguridad Social, pensado bajo las premisas de ser un Sistema Publico (Administrado por el estado), Contributivo (para acceder a sus prestaciones es necesario aportar), de reparto (a un fondo comun) y Solidario.

Dicha Ley, que unificó el Régimen Previsional Público y el Sistema de Capitalización Individual que fueran dispuestos por la Ley N° 24.241, puso en cabeza de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) la administración y el otorgamiento de todas las prestaciones otorgadas y a otorgarse devenidas de las contigencias "Vejez, Invalidez y Muerte", con exclusión de las que se encontraran a cargo de de una Compañía de Seguro de Retiro mediante el sistema de Renta Vitalicia Previsional.-

Dicho Sistema no es el único administrado por la ANSES, sino que ésta es la encargada de garantizar el pago de las prestaciones correspondientes a casi la totalidad de las contingencias de la seguridad social (Vejez, Invalidez, Muerte, Maternidad, Cargas de Familia, Desempleo) con exclusión de las derivadas de los riesgos del trabajo. Y se financia mediante las sumas ingresadas por el Sistema Único de Seguridad Social, la Contribución Única de la Seguridad Social (Aportes y Contribuciones), y los diversos impuestos federal que en las proporciones que las leyes disponen, son transferidos a esta caja.-

Este sistema no es el único vigente en el territorio nacional. La Constitución Nacional en su Art. 125 dispone que las provincias pueden conservar cajas provinciales que administren los fondos provenientes de sus empleados públicos o del ejercicio profesional en el ámbito de sus territorios. De ahí que existen diversas provincias que mantienen sus cajas provinciales o municipales (Ejemplo: Instituto de Previsional Social de Buenos Aires, o Santa Fe, o Caja Municipal de Ciudad de Rosario) donde reúnen los fondos de los aportes, contribuciones patronales y otros fondos determinados por sus propias reglamentaciones para abonar las prestaciones de sus empleados públicos, y a su vez, existen Cajas Profesionales (Existen Cajas de Diversas Profesiones en las distintas provincias, Ej. Abogados, Médicos, Arquitectos, Ingenieros, Agrimensores, Etc) que tienen identica tarea y se financian exclusivamente de los aportes de sus afiliados.-

Ahora bien, teniendo en cuenta que un ciudadano puede trabajar en su vida para diferentes sistemas, se han realizado diversos convenios para que los servicios desempeñados bajo la orbita de cada sistema pueda ser utilizado a efectos de conseguir una prestación previsional.

En el caso de poseer servicios entre la caja nacional y cajas provinciales, o entre cajas provinciales entre sí, se encuentra vigente el decreto-ley 9316/46 que dispone, en términos generales, el reconocimiento obligatorio de los servicios desempeñados bajo la órbita de alguna de las diferentes cajas provinciales existentes, por parte de la caja en la que el solicitante de la prestación tenga mayor cantidad de años de aportes. Ello a fin de conseguir una UNICA prestación. Dicha Resolución crea los conceptos de:
-CAJA RECONOCEDORA (Caja que reconoce que el solicitante ha aportado a su régimen por una cierta cantidad de tiempo) y
-CAJA OTORGANTE (Caja que posee la mayor cantidad de años de aporte, que es obligada a reconocer los servicios prestados bajo la orbita de otra caja, y debe otorgar y pagar la prestación siempre que el solicitante reuna el derecho al pago de la misma).-

Ahora bien, en caso de tener servicios en una caja nacional o provincial y una caja profesional, se encuentra vigente la Resolución de la Secretaria de la Seguridad Social N° 363/81 , que al igual que el régimen previamente mencionado, obliga al reconocimiento inter-cajas de los servicios desempeñados bajo la orbita de cada una de ellas, pero en este caso cada caja abonara el beneficio en los porcentuales que sean determinado según el tiempo de aportes (no simultáneos) que posea el solicitante en la caja nacional/provincial y la profesional utilizando para ello un sistema llamado "Prorrata tempore".

Dicha resolución crea los conceptos de CAJA OTORGANTE (donde tiene mas aportes) y CAJA PARTICIPANTE (la cual completa el haber)

En este caso, si el titular no logra reunir la totalidad de los requisitos necesarios para acceder a cada una de las prestaciones otorgada por cada régimen, conforme el resultado del prorrateo de servicios, cada caja se hará cargo del porcentual que le toque (Ejemplo 80% en caja Nacional o provincial y 20% de caja profesional). Ahora bien puede existir que el titular reúna la totalidad de los requisitos para acceder a un regimen y no para el otro o incluso el 100% en ambos regimenes (Ejemplo. Abogado o Medico que trabaja en relación de dependencia en capital federal aportando a la ANSES y tiene un trabajo independiente en la provincia de buenos aires aportando a la caja de abogado o medicos de la provincia), en este caso la caja donde se reune la totalidad de los servicios podrá pagar el 100% de su beneficio y la caja profesional deberá pagar el porcentual conforme el prorrateo de los servicios que posea en dicha caja y los necesarios para acceder a la prestacion bajo su regimen (Ej. Caja Nacional 100% y Caja Profesional el 10%) o mismo en caso de que el titular reuna los requisitos en ambas cajas, (aún cuando exista resistencia por parte de las cajas profesionales existe variada jurisprudencia que lo avala) CADA CAJA DEBERÁ ABONAR AL SOLICITANTE EL 100% del haber, siendo ésta la ÚNICA excepcion al principio de beneficio único instruido por la Ley N° 14.370.-

Espero que te sirva y no haya escrito todo esto al pepe-.... un abrazo
 #1084238  por MARIO1943
 
ES UNA SINVERGUENZA Y CARADURA, SE VE QUE EN LA FACULTAD , NO LE HAN ENSENADO LO PRINCIPAL, LO QUE ES AGRADECIMIENTO Y GRATITUD, POR FAVOR NO NOS DEJEMOS FORREAR MAS POR ESTOS PARACAIDISTAS , ESTAMOS CANSADOS DE GENTE APROVECHADORA , SI APARECE AHORA , YA ES TARDE
 #1084707  por nicosnon
 
Jajajajajaja... lo releo y quizás ni se entendió pobre... escribirlo de corrido no ayudo... Igual nada, por ahí consulto en un ataque universitario de pánico y nunca mas entro, creo que lo hemos vivido todos. Jajajaja... no me recibí hace mucho así que recuerdo bien mis ataques de pánico intentando que la amiga internet me ayude.

Lo rescatable es que le pregunten en laboral que es el SIPA y lo de las cajas... yo ni vi Seguridad Social en la facultad, me tuve que anotar en materia electiva porque trabajaba en una AFJP. Igual medio al pepe porque fue el año de la unificación del sistema, ni los profesores sabían que darnos jajaja... chau AFJP y se les había caído medio programa de un sopetón jajajajjaja!

Saludos a todos!
 #1085445  por nicosnon
 
Antonio2014 escribió:
nicosnon escribió:Jajajajajaja... lo releo y quizás ni se entendió pobre... escribirlo de corrido no ayudo... Igual nada, por ahí consulto en un ataque universitario de pánico y nunca mas entro, creo que lo hemos vivido todos. Jajajaja... no me recibí hace mucho así que recuerdo bien mis ataques de pánico intentando que la amiga internet me ayude.

Lo rescatable es que le pregunten en laboral que es el SIPA y lo de las cajas... yo ni vi Seguridad Social en la facultad, me tuve que anotar en materia electiva porque trabajaba en una AFJP. Igual medio al pepe porque fue el año de la unificación del sistema, ni los profesores sabían que darnos jajaja... chau AFJP y se les había caído medio programa de un sopetón jajajajjaja!

Saludos a todos!
Y ¿QUE TIENE QUE VER LO QUE DECIS CON LA PREGUNTA DE LA SINVERGUENZA QUE ABRIÓ EL POST :?: TE PREGUNTO ¡¡¡¿QUE TIENE QUE VER LO QUE DECIS CON LA PREGUNTA :?: !!!
Nada, la pregunta que hizo "la sinverguenza" como decis vos... se la conteste mas arriba... esa cosa largaaaaa y redactada media como el $#% era mia... el resto no tenia nada que ver con la pregunta, de acordarme de mis tiempos de facultad, y lo de la materia de seguridad social fue simplemente un comentario "social"... por decirlo asi... ahora yo me pregunto que tiene que ver tu comentario con mi comentario... digo... en que puede haberte llegado a molestar? ja.

Un saludo... pasa buen fin de semana!