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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1084778  por brulito
 
Hola les consulto luego de haber leído en el foro todo lo referente al tema para que me confirmen si es correcta mi interpretación, el caso es así: juicio alimentos provincia Bs. As. sentencia de alimentos de fecha Diciembre 2008 el padre debe pasar 20% de sus ingresos, se notifica al demandado nunca cumple, viene a verme la madre de la menor para iniciar el reclamo, voy a iniciar ejecución de sentencia y aquí el tema prescripción: desde el momento que interponga la demanda de ejecución de sentencia solo se puede reclamar para atrás 5 años de alimentos devengados y no percibidos? Es decir que debo hacer liquidación por alimentos adeudados desde 2010 a la fecha?
Gracias, saludos.
 #1084820  por cecicarla
 
exàcto.. solo los ultimos 5 años adeudados mas intereses ...
brulito escribió:Hola les consulto luego de haber leído en el foro todo lo referente al tema para que me confirmen si es correcta mi interpretación, el caso es así: juicio alimentos provincia Bs. As. sentencia de alimentos de fecha Diciembre 2008 el padre debe pasar 20% de sus ingresos, se notifica al demandado nunca cumple, viene a verme la madre de la menor para iniciar el reclamo, voy a iniciar ejecución de sentencia y aquí el tema prescripción: desde el momento que interponga la demanda de ejecución de sentencia solo se puede reclamar para atrás 5 años de alimentos devengados y no percibidos? Es decir que debo hacer liquidación por alimentos adeudados desde 2010 a la fecha?
Gracias, saludos.
 #1084993  por buenosairesfamilia
 
Lo de los 5 años es para capital federal. Provincia de buenos aires no. Si mal no lo recuerdo en provincia de buenos aires el plazo es de 15 años a partir de que el alimentado cumple la mayoría de edad.