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 #108403  por PARANA
 
Hola estimados colegas:
Soy nuevo en el foro, estas son mis primeras consultas
tengo un cliente que fue acusado de robo en una biblioteca a traves de un mail, la característica es que es una cuenta de arnet, que segun tengo entendido es rastreable en cuanto a su titularidad.-
Si alguien conoce jurisprudencia sobre el tema, le agradecería que me la manden o indiquen donde encontrarla.-
Un Abrazo Gigante
 #108589  por Alberto Auní©
 
Cuando recibimos un email podemos averiguar desde qué computadora se envió.
Cada proveedor de internet (ISP) otorga a cada usuario un número, denominado IP, que nos permite acceder a esta información.
Por ejemplo, en los correos de Yahoo tenemos al pie la opción "Encabezados Completos" y si cliqueamos allí aparece una cantidad de datos, entre los que "From" o "Desde" indican el IP del remitente.
Cada empresa de correo electrónico tiene este indicador; en el caso planteado se puede verificar por alguna expresión similar o preguntar al proveedor.
Por medio del proveedor es posible ubicar entonces la PC de la cual salió el mensaje, indicando el IP, que puede ser fijo para cada PC o variable pero en el momento del envío era único.
En algunos casos conocidos, como los de bajada de música de internet de forma ilegal, el responsable es el titular de la PC desde la cual se efectuó el ilícito.


Alberto Auné

 #108599  por PARANA
 
muchas gracias, son datos muy utiles

 #108603  por Sailaw
 
Buen informe Alberto!!!!
 #108620  por Alberto Auní©
 
Muchas gracias Paraná y Sailaw!!

Quería comentar que hay varios programas que permiten rastrear el IP, que son gratuitos, de libre descarga.

Si ponemos en Google las palabras IP rastreo programa aparecen varios de estos programas, a los que se puede acceder en foros y comunidades.

En este caso alguien con conocimientos de informática puede bajar un programa y averiguar, antes de presentar una demanda, con certeza de dónde vino la calumnia.

 #108634  por VGalbicka
 
En cuanto a los mail que se quieran usar como prueba en un juicio, no hay que eliminarlos, se deben imprimir y un escribano tiene que certificarlos... yo me acabo de enterar que podian ser usados como prueba, gracias a un juicio de divorcio contradictorio que me llegó ahora

 #108655  por Ulpiano-mdp
 
Sin dudar de la importancia de la informacion brindada por Alberto, pero a mi me parece que en materia penal hay que probar indubitablemente la autoria del que comete el hecho...y la verdad que al imputado le basta decir que no fue el quien entro en su cuenta en ese momento y tampoco envio el mail con la acusacion calumniosa...Que fue hackeado, o que a lo sumo alguien que desconoce subrepticiamente uso su computadora para enviar el mensaje, que la contraseña la recordaba el sistema, ni hablar si estaba en un equipo de acceso publico (cyber) que no se cuantos salen corriendo y se olvidan de salir y cerrar su cuenta de e-mail. Excusas hay muchas, y la carga de la prueba de la acusacion y de sus extremos corresponde al Ministerio Publico. Basta con instalar la duda, y eso favorece al imputado.-
Si podes probar que la calumnia salio de tal computadora, que estaba en el domicilio del imputado o en su oficina o comercio (podemos no, Alberto?) pero como probamos sin testigo alguno que fue el imputado, y no otro la persona que escribio y mando el mensaje, en contra de la voluntad de este...?
Dejo el interrogante, es tema nuevo de aplicacion de nuevas tecnologias, hay mucho tela para cortar...
 #108999  por Alberto Auní©
 
El tema de la responsabilidad legal en internet da para muchos análisis; a veces los jueces no tienen el conocimiento necesario y ello es fuente de conflictos.
Hay algunos casos interesantes, que espero poner en el Foro.
Sin embargo, tanto en Estados Unidos como en Argentina hubo coincidencia en cuanto a que el responsable en caso de delitos informáticos es el dueño de la computadora, como regla general.
Recuerdo algunos casos.
En amenazas enviadas por email desde un organismo estatal argentino (una fuerza de seguridad) hubo allanamiento y se ubicó al responsable, que era quien operaba la PC, pero primero se fue al organismo.
El caso más claro es el de las bajadas de música de manera ilegal por internet.
En EEUU las discográficas demandaron al jefe de familia, dueño de la PC y de la conexión a internet. Hubo mediación, arreglos... pero hubo que pagar aunque quien había bajado las canciones era hijo de la familia.
En la Argentina hubo casos similares. No sólo se repitió la situación familiar mencionada, sino que hubo empleados (ahora deben ser ex empleados...) que bajaban música ilegalmente de la PC de la empresa en que trabajaban.
Llegó la demanda a las empresas. Tanto acá como en EEUU, cuando se quiso deslindar responsabilidades, la culpa recayó sobre la firma, dueña de la PC, aunque las empresas pusieron estudios de abogados de esos grandes, que las tienen como clientes.
Cuando se contrata un servicio de internet se firma un contrato con el proveedor (ISP) por el cual el cliente se compromete a no cometer ilícitos ni a instalar programas ilegales. Es el responsable.
De todas formas, creo que quienes ejercen la Justicia debe tener conocimientos sobre las nuevas tecnologías, pero todavía no veo esto muy extendido... aunque es mi punto de vista personal.



Alberto Auné