Hola Marceju te dejo un resumen sobre el reclamo administrativo por ahi te aclara tu duda:
PROCEDIMIENTO DEL REAJUSTE
Lo primero que debemos establecer es si tenemos diferencia para reclamar.
Para saber si hay diferencia debemos pedirle al jubilado y/o pensionado:
- Recibo de haberes (para saber cual es su haber actual)
- Resolución que le otorga el beneficio (para saber con que fecha y ley se jubiló)
- Cálculo del haber Inicial.
¿Que es el calculo del haber inicial?
El calculo del haber inicial, comúnmente llamado CHI, son los 5 o 10 últimos años, anteriores al cese, aportados al sistema utilizados por el Anses para calcular la jubilación o pensión.
Tanto la resolución que le otorga el beneficio, como así también el cálculo del haber inicial, son documentos que el jubilado ha recibido al adquirir el beneficio jubilatorio.
Probablemente, y muchas veces por el tiempo que ha pasado, dicha documentación no la tienen en su poder, motivo por el cual será nuestro trabajo comenzar a buscarla.
Si no tiene dicha documentación, los pasos a seguir son los siguientes:
1) Localizar el expediente administrativo de la persona.
Toda persona que se ha jubilado tiene un legajo con su documentación laboral. Al momento de solicitar el beneficio el Anses, forma el llamado EXPEDIENTE ADMNISTRASTIVO quedando dicha documentación en poder del organismo previsional.
Para saber en que dependencia se encuentra el expediente hay distintos caminos:
-Se puede solicitar un télex en cualquier Anses
-Se puede solicitar la infomarción de manera telefónica llamando gratuitamente al 0800-222-6737
-Se puede entrar en la página de internet del Anses:
www.anses.gov.ar.link “autopista de servicios” o “consulta de expedientes” y finalmente en seguimiento de expedientes.-
Para cualquiera de estas tres opciones es necesario tener el número de documento de la persona.
2) Una vez localizado: podremos tomar vista del mismo, previo pedido de turno, y con poder otorgado a esos fines. El poder que necesitamos es el que se realiza de manera gratuita en el Anses.
En dicha vista, encontraremos la resolución que le otorgó el beneficio y el cálculo del haber inicial.
3) El expediente podrá estar en cualquier UDAI, pero es muy probable que se encuentre en el Archivo San MARTÍN. Dicho archivo es el general del Anses y se encuentra en Suipacha 3357-San Martín- Buenos Aires TELEFONO: 4847-8545/8500
4) Realización del cálculo para saber si hay diferencia para reclamar
El cálculo se hace mediante un sistema llamado BLUECORP, en el cual se cargan entre otros datos, los que constan en la resolución, es decir la fecha de cese de la persona, y los 10 o 5 años que figuran en el CHI.
Para los que quieran comprar una licencia e instalarla en su estudio, pueden ingresar la página de internet:
www.bluecorp.com.ar.
Para los que no lo deseen, existen otros mecanismos a fin de que personas especializadas en el tema puedan realizar el calculo que estamos necesitando.
Podemos acudir a la Asociación de Abogados previsionalistas. Su página de internet es:
www.adap.org.ar.
Una vez obtenido el cálculo, podremos saber si estamos en condiciones o no de iniciar un REAJUSTE DE HABERES.
III: ETAPA ADMINISTRATIVA
Esta etapa, es la primera que debemos agotar, previo a un reclamo judicial, conforme Art. 30 de la ley 19.549-Modificado por la Ley 25.344 Art. 12.
-Debemos instar al organismo a que dicte una RESOLUCIÓN DENEGATORIA de lo que estamos solicitando.
En caso de que a nuestra presentación, el organismo responda favorablemente a nuestro pedido, es decir nos haga lugar a las actualizaciones que estamos solicitando, no deberemos iniciar nada judicialmente.
En caso negativo dicha resolución deberá tener los recaudos del Acto Administrativo en cuanto a su forma, para ser válido.
Que se debe presentar para obtener la resolución denegatoria?
a) Solicitud de reclamo de reajuste. Es decir un escrito en el cual le solicitamos al Anses las actualizaciones en el haber de nuestro cliente.-
b) Fotocopia del DNI –Debe estar certificado por el Anses
c) Fotocopia del recibo de haberes
d) Poder otorgado a favor del profesional -Poder en el Anses, el cual puede ser hecho ante cualquier UDAI- en la POLICIA, (si va con el recibo de cobro de la jubilación no le cobran el estampillado)- Escritura a esos efectos (llevar original y fotocopia.)
e) Constancia de Cuil del actor- Se puede bajar de la pagina de internet del Ansese
f) Télex (lo podemos pedir en Anses o bajarlo de la pagina de internet haciendo el mismo procedimiento detallado anteriormente cuando estábamos buscando el expediente administrativo, en este caso imprimiremos el resultado de la búsqueda hecha.
g) Fotocopia de Credencial del Abogado
Tener presente que en el interior del país, depende cada dependencia, pediran que acompañen aportes provisionales y su condición frente a la DGI.
La documentación anteriormente detallada deberá presentarse en la UDAI correspondiente.
Si lo presenta el profesional hay que dirigirse a:
Capital Federal:
Atención solo Prefesionales: Paraná 451 de 9 a 15hs.
Interior del País:
Dependencia que corresponda en cada provincia.
Si lo presenta nuestro cliente:
Lo puede presentar en cualquier UDAI que le quede cerca de su domicilio (tanto en capital federal como en el interior del país)
Espero te sirva
Nati