Estimados colegas.
Estoy en una duda procesal. Interpongo recurso de apelación, tras impugnar una liquidación (extemporánea , sentencia firme, etc. pero por haber aplicado la sentencia un interés capitalizable, cuando está prohibido) Cuestión el Juez concede el recurso, la actora (financiera muy trucha caída en liquidación por trucha justamente) contesta traslado. Aclaro al apelar que se conceda el recurso teniendo en cuenta el monto actualizado de la demanda y que resulta de la liquidación que se impugna, y el juez concede el recurso.
La cámara rechaza el recurso por mal concedido, ya que manifiesta que el monto por el cual yo discuto la liquidación es inferior al art.242 (al impugnar la liquidación de la actora practico la que corresponde y me da una suma inferior al monto del art. 242).-
Ahora bien, la liquidación actualizada según pretensiones de la actora supera los $ 20.000. por el tema de intereses capitalizables cada 30 días etc.
Mi liquidación obviamente es inferior porque justamente impugno esa capitalización.
¿Qué recurso me queda? Recurso de queda por apelación denegada, no creo, ya que el juez concedió el recurso, la que lo rechazó fue la cámara por "mal concedido" , mal puede vovler a tratar la queja si ya prejuzgó.
¿corresponde el extraordinario?
Agredeceré alguna orientación que puedan darme.
Estoy en una duda procesal. Interpongo recurso de apelación, tras impugnar una liquidación (extemporánea , sentencia firme, etc. pero por haber aplicado la sentencia un interés capitalizable, cuando está prohibido) Cuestión el Juez concede el recurso, la actora (financiera muy trucha caída en liquidación por trucha justamente) contesta traslado. Aclaro al apelar que se conceda el recurso teniendo en cuenta el monto actualizado de la demanda y que resulta de la liquidación que se impugna, y el juez concede el recurso.
La cámara rechaza el recurso por mal concedido, ya que manifiesta que el monto por el cual yo discuto la liquidación es inferior al art.242 (al impugnar la liquidación de la actora practico la que corresponde y me da una suma inferior al monto del art. 242).-
Ahora bien, la liquidación actualizada según pretensiones de la actora supera los $ 20.000. por el tema de intereses capitalizables cada 30 días etc.
Mi liquidación obviamente es inferior porque justamente impugno esa capitalización.
¿Qué recurso me queda? Recurso de queda por apelación denegada, no creo, ya que el juez concedió el recurso, la que lo rechazó fue la cámara por "mal concedido" , mal puede vovler a tratar la queja si ya prejuzgó.
¿corresponde el extraordinario?
Agredeceré alguna orientación que puedan darme.
