Hola gente! Quisiera saber su opinión sobre lo siguiente: Inicié un aumento de cuota en Capital y el demandado no contestó la demanda. Pedí se lo declare rebelde y se lo condene al pago de las cuotas con el aumento solicitado y para el caso de que no pague le embarguen el sueldo en la empresa en que trabaja.
El Juzgado resolvió diciendo que atento la existencia de hechos controvertidos procédase a la apertura a prueba por diez días y fija audiencia 360 para dentro de un mes. De la rebeldía solicitada no dijo nada. También resolvió que se expedirá sobre la procedencia de la confesional en dicha audiencia y que se haga saber al demandado que deberá constituir domicilio bajo apercibimiento se ser notificado en los estrados del juzgado art.41-
¿Hay alguna norma o jurisprudencia que lo habilite a resolver de ese modo??? Es claro que los hechos NO HAN SIDO CONTROVERTIDOS por el demandado ya que nunca se presentó. ¿No debería declarar la cuestión de puro derecho haciendo lugar a la demanda? No sé qué pedir, les ruego me ilustren un poco con la experiencia adquirida. Mil gracias desde ya !!!
El Juzgado resolvió diciendo que atento la existencia de hechos controvertidos procédase a la apertura a prueba por diez días y fija audiencia 360 para dentro de un mes. De la rebeldía solicitada no dijo nada. También resolvió que se expedirá sobre la procedencia de la confesional en dicha audiencia y que se haga saber al demandado que deberá constituir domicilio bajo apercibimiento se ser notificado en los estrados del juzgado art.41-
¿Hay alguna norma o jurisprudencia que lo habilite a resolver de ese modo??? Es claro que los hechos NO HAN SIDO CONTROVERTIDOS por el demandado ya que nunca se presentó. ¿No debería declarar la cuestión de puro derecho haciendo lugar a la demanda? No sé qué pedir, les ruego me ilustren un poco con la experiencia adquirida. Mil gracias desde ya !!!