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  • viavilidad de un certificado para juicio de daños

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 #1088703  por RMC1007
 
Hola colegas tengo una par de pregunta, para un proceso por daños y perjuicios
1º ¿para que es necesario el certificado de un medico legista, si al final el tema de la incapacidad se pide con la prueba pericial al medico de oficio?
Para el caso en que su respuesta fuese para determinar el monto, a mi entender se puede dejar aproximado, total que a la consideracion del jues. Con un caso similar vastaria para invocar y fundamentar el monto del reclamo, segun creo.
2º el ceritificado que se acompaña como prueba del rubro daño sicologico, lo debe hacer un sicologo licensiado o un sicologo licensiado y legista o quien, para que sea valido
Desde ya muy agradecido por sus respuestas.
 #1088941  por andresxeneizes
 
hay un error de concepto, la prueba anticipada no es para cualquier cosa, sino que es para las pruebas que posteriormente sean dificiles o imposibles de conseguir.

dos casos clasicos de ello pueden ser la historia clinica en una mala praxis para que despues el hospital no la haga desaparecer o la cambie, o la pericia anticipada sobre un coche o una casa, para poder luego arreglar la misma, ya que sino el tipo tiene que esperar a que se haga la pericia y tener la casa o coche inutilizables hasta ese momento
 #1088945  por DRA. MACA
 
El medico legista sirve en la mediación obligatoria en capital y provincia sino como vas a saber cuanta incapacidad tiene y que vas a reclamar en esa etapa.

Trenes confundidos los conceptos no se pide como prueba anticipada. Dale una leída al código.
 #1089247  por RMC1007
 
Estimados colegas, gracias por las respuestas y la preocupacion, pero no se adecuan a mis preguntas, con excepción de una, la de la mediacion.
No le tomen a mal pero, para este caso no estoy hablando de prueba anticipada.
Sino simplemente del certificado que extiendo un medico particular al momento de examinar una lesión.
Les reitero la pregunta de otro modo haber si puedo darme a comprender mejor.
En todo accidente con lesiones graves se busca un medico legista para que practique un certificado sobre la incapacidad, ese certificado luego es presentado dentro de las pruebas documentales y se pide tambien testimonial de reconosimiento en subsidio, mas pericial medica
.
La pregunta es por que tiene que ser un medico legiata el que confeccione ese certificado de incapasidad y no puede ser un medico generalista, si las incapasidades de evaluan de un baremo?
Lo mismo seria para el sicologo. Porque debe ser legiata.

Aclaro que la prueba anticipada no tiene relacion con el tema.
Desde ya gracias
 #1089253  por HERNAN3192
 
Estimado, no se en que jurisdicción litiga Ud. yo lo hago en Capital Federal, yo hago lo siguiente, si las lesiones no son muchas... ejemplo, cervicalgia, pero los daños del automotor son considerables, solo miro la pagina de PJN y busco un parametro sobre la incapacidad, ahora bien si las lesiones se justifican lo que hago es solicitar un informe pre litigioso de un perito medico que me diga los % de incapacidad, porque considero que se justifica la inversión y dependiendo de la compañía que tengo enfrente puedo optar por solicitar los puntos de pericia.
ahora bien, yendo a tu pregunta (según entiendo) no es necesario acompañar tal certificado, simplemente acompañas los informes medico que entes en tu poder, y solicito que se libre oficio al hospital donde se realizo la atención médica, en lo particular hago reserva subsidiariamente para el hipotético caso de que no me contesten el oficio... poder solicitar el secuestro del legajo médico.

respecto de que los daños son determinados por un perito designado por el juzgado, es así ya que esta asegurada la imparcialidad, por lo general yo ofresco un perito como consultor tecnico porque puede ocurrir que apeles lo dictaminado por el perito y vi casos en que te contestan...que careces de conocimientos médicos etc... si es en un caso que la incapacidad la podemos ver a ojimetro, así lo pongo en la demanda, siendo que de todos modos lo va a establecer el perito designado por el juzgado, por lo general se dan los parámetros. en estos casos estimo que lo fundamental es la acreditación de los daños, por lo cual si es atendido en un hospital público mejor (aunque como contraproducente tardan en contestar los oficios o directamente si es por guardia vuelcan poco y nada de información)
 #1089288  por RMC1007
 
Estimado colega gracias, si esa es la respuesta que buscaba, le agradesco haberme disipado la duda. Justamente mi problema es que la lesion es un latigaso cervical y no reviste la significancia de un gasto de tal tipo, como para hacer un certificado.
Cumplo en exponer que litigo en neuquen capital y cualquier otro consejo sera bien recivido. Saludos atentos y le agradezco nuevamente, como a todo el resto por su atencion y respuesta.