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  • Alimentos hijo mayor insano. Fundamento y quantum

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1088955  por csr79
 
Estimados, tengo que tramitar un reclamo de alimentos para un joven mayor de edad al que se le ha determinado una insania por esquizofrenia, estando impedido en un 100% para ejercer actos jurídicos, nombrando curadora a su madre.
Luego de mucho leer no puedo llegar a una conclusión que me cierre respecto del fundamento de la obligación alimentaria del padre, si es por el art. 265 CC (derivada de la patria potestad) o si es por el art 370 (derivada de la relación de parentesco). Me parece importante pues en el primer caso el quantum va de la mano de la capacidad económica del alimentante y en el segundo es en relación a las necesidades del alimentado (su madre a cargo tiene buenos ingresos por su trabajo).
Les agradezco si me pueden dar una mano.
Saludos
 #1089020  por csr79
 
Cuando dije su madre a cargo quise decir que el insano vive con su madre y ella se hace cargo de todos sus gastos, que son elevados en atención a la medicación que debe tomar mensualmente (ya le recomendé que se haga monotributista y lo inscriba en una obra social pero no hay caso, no hace el trámite).
 #1089076  por buenosairesfamilia
 
1) Si tiene menos de 21 años es por patria potestad. Si tiene más de 21 años es por parentesco. En este último caso la obligación del padre es menor y cosubsidiaria con la madre.

2) Manda a la madre a averiguar en pami o la obra social que tenga el insano. Con declaración judicial de insanía la obra social debe cubrir el 100% de los medicamentos. Asimismo, lo habilita a obtener una pensión por discapacidad.
 #1089080  por csr79
 
Gracias por tu respuesta. El tema es que la pensión (la que da el Ministerio de Desarrollo Social) no creo que se la den ya que tiene la curadora madre tiene medios para subsistir. Y por los requisitos que piden no pasa una evaluación socioeconómica (casa y barrio en el que viven, etc).
En ansés tengo entendido que no hay este tipo de pensiones si no es para hijos de personas que aportan al SIPA.