Hola a todos, que tal? Nuevamente recurro a ustedes para hacerles la siguiente consulta:
En un expediente de alimentos en capital, ya se dicto sentencia. Yo voy por la actora, y como ella ya esta cobrando, quiero presentar la liquidacion por los alimentos atrasados.
Mi duda es, si en la sentencia se fijo la cuota de alimentos en base a un porcentaje del sueldo, ¿como hago la liquidacion? o sea, la hago en base a lo que haya cobrado la actora en el ultimo mes, por ejemplo? o tengo que averiguar cuanto cobró el demandado en cada mes que quiero reclamar?
Y otra consulta, la tasa de interes, es la activa del banco nacion, no?
Gracias!!
En un expediente de alimentos en capital, ya se dicto sentencia. Yo voy por la actora, y como ella ya esta cobrando, quiero presentar la liquidacion por los alimentos atrasados.
Mi duda es, si en la sentencia se fijo la cuota de alimentos en base a un porcentaje del sueldo, ¿como hago la liquidacion? o sea, la hago en base a lo que haya cobrado la actora en el ultimo mes, por ejemplo? o tengo que averiguar cuanto cobró el demandado en cada mes que quiero reclamar?
Y otra consulta, la tasa de interes, es la activa del banco nacion, no?
Gracias!!
"El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado." Eduardo J. Couture