Buenas noches a todos. En un juicio de alimentos, Pcia de Buenos Aires, el Juez ordenó en concepto de cuota alimentaria provisoria retener el 15% de los haberes del demandado, ordena también que se depositen en una cuenta a nombre de autos y a tales fines envía solicitud de apertura de cuenta electrónica. ¿Cuáles son los pasos a seguir? ¿Debo concurrir al banco a los fines de que me informen nro de cuenta y CBU, para así confeccionar Oficio al empleador? O informa el nro de cuenta el Banco directamente en el expediente? Cómo debe hacer mi clienta para percibir una vez depositada la retención?
Aguardo la respuesta de quien pueda ayudarme, ya que desconozco como es el procedimiento para percibir efectivamente.
Gracias
Aguardo la respuesta de quien pueda ayudarme, ya que desconozco como es el procedimiento para percibir efectivamente.
Gracias