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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1090846  por sceci90
 
Buenas noches a todos. En un juicio de alimentos, Pcia de Buenos Aires, el Juez ordenó en concepto de cuota alimentaria provisoria retener el 15% de los haberes del demandado, ordena también que se depositen en una cuenta a nombre de autos y a tales fines envía solicitud de apertura de cuenta electrónica. ¿Cuáles son los pasos a seguir? ¿Debo concurrir al banco a los fines de que me informen nro de cuenta y CBU, para así confeccionar Oficio al empleador? O informa el nro de cuenta el Banco directamente en el expediente? Cómo debe hacer mi clienta para percibir una vez depositada la retención?
Aguardo la respuesta de quien pueda ayudarme, ya que desconozco como es el procedimiento para percibir efectivamente.
Gracias
 #1090911  por EstebanM7
 
yo la ultima cuenta que abrí en provincia (Quilmes) fue con el tipico oficio de apertura de cuentas, concurre al juzgado la madre y certifica su firma. Lo llevé al banco y ahi le abrieron la cuenta y en el momento le dan el comprobante para presentar en el expediente con los datos de la cuenta. Llevas el oficio para el empleador, confronte, y lo diligencias.
 #1090971  por buenosairesfamilia
 
Lo que te dijo EstebanM7 era el sistema viejo que siguen usando muchos juzgados porque no están del todo informatizados. En tu caso, una vez que se libra la solicitud de apertura electrónica, tenes que corroborar por el sistema del juzgado si es que efectivamente salió la solicitud, y después esperar pacientemente a que eventualmente el banco informe al juzgado el numero de cuenta y cbu. Alternativamente si querés que sea más rápido podes ir al banco a averiguar esos datos. Demoran un par de días desde que les llego la orden de apertura y la asignación del numero de cuenta y cbu. Una vez que tenes número de cuenta y cbu hace el oficio de retención dirigido al empleador e incluí los datos de la cuenta bancaria.
 #1091021  por EstebanM7
 
todos los días se aprende algo nuevo, sabia de la apertura digital en juzgados civiles y comerciales, pero en flia de quilmes se ve que todavia no entraron en esta modernidad.