Hola!
Les dejo una consulta sobre un tema que me estan corriendo los plazos para apelar y quiero tener en claro al 100%. Es en Pcia. de Bs. As.
Hice un planteo de nulidad en ocasión de oponerme al requerimiento fiscal de elevación a juicio y no me hicieron lugar y ahora se eleva a juicio. (pedi nulidad de un acta de procedmiento la exclusión probatoria del elemento incautado). Esto me lo notificaron el 26/3
Mi duda es porque conforme surge del 338 se puede tratar sobre "la validez constitucional de los actos de la investigación penal preparatoria que deban ser utilizados en el debate y las nulidades que pudieran existir, siempre que tales cuestiones no hubieren sido planteadas y resueltas en dicha etapa investigativa"
PREGUNTA: Espero a la audiencia del 338 o no me queda otra que apelar la elevación?
Desde ya muchas gracias!!
Les dejo una consulta sobre un tema que me estan corriendo los plazos para apelar y quiero tener en claro al 100%. Es en Pcia. de Bs. As.
Hice un planteo de nulidad en ocasión de oponerme al requerimiento fiscal de elevación a juicio y no me hicieron lugar y ahora se eleva a juicio. (pedi nulidad de un acta de procedmiento la exclusión probatoria del elemento incautado). Esto me lo notificaron el 26/3
Mi duda es porque conforme surge del 338 se puede tratar sobre "la validez constitucional de los actos de la investigación penal preparatoria que deban ser utilizados en el debate y las nulidades que pudieran existir, siempre que tales cuestiones no hubieren sido planteadas y resueltas en dicha etapa investigativa"
PREGUNTA: Espero a la audiencia del 338 o no me queda otra que apelar la elevación?
Desde ya muchas gracias!!