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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1077548  por Pipi
 
Gracias... Y no importa q no se pueda poner los datos del abogado?
 #1077813  por yesi
 
A mi me informaron que se puede registrar poder pero que cuando es moratoria nueva hay que ir al turno con el cliente igual aunque estes registrado. Consulta: saben si alguno hizo por la nueva ley alguna pension por el conyuge fallecido? o solo jubilacion?
Saludos
 #1077996  por lunita_roja
 
yesi escribió:A mi me informaron que se puede registrar poder pero que cuando es moratoria nueva hay que ir al turno con el cliente igual aunque estes registrado. Consulta: saben si alguno hizo por la nueva ley alguna pension por el conyuge fallecido? o solo jubilacion?
Saludos
Yo fui solamente a turno de jubilación por moratoria nueva, sin el cliente y no tuve ningún problema.
 #1078313  por drafrias
 
yesi escribió:A mi me informaron que se puede registrar poder pero que cuando es moratoria nueva hay que ir al turno con el cliente igual aunque estes registrado. Consulta: saben si alguno hizo por la nueva ley alguna pension por el conyuge fallecido? o solo jubilacion?
Saludos
yo intente realizar una pension por la nueva moratoria y no me la tomaron porque dicen que el Sr. no estaba inscripto a autonomos antes del fallecimiento; sin embargo del sistema de anses me sale el nro. de cuenta autonomo que lleve a aFip y lo relacionaron. Esto fue el 16/10
Por el sistema me sigue informando que no puedo sacar turno porque hay un rechazo del anterior y en el "130" me dicen que es porque si bien hay una inscripcion no hizo pagos como autonomo, lo cual es correcto. Em Udai dicen que es un error del sistema que lo "deberian " solucionar.
La Sra. no quiere hacer reclamo judicial. Sigo buscando la solucion.
 #1081809  por Sofia2010
 
Hola a todos, estuve leyendo atentamente.- Yo ya registre el poder por la nueva moratoria (ley 26970) cuando quise pedir turno por jubilación por apoderado me informa que no existe relación de poder.-Esto seguramente es así dado que el poder que registre es el que corresponde a la nueva moratoria, con lo cual como tenia que pedir el turno para iniciar, lo hice por inclusión previsional QUE NO CONTEMPLA AL APODERADO SINO QUE SE TRATA DE UN TRAMITE PERSONAL.- Me dieron el turno para febrero en Paseo Colon.- Mi pregunta es: tengo que ir con la clienta???? Porque de ser asi ¿para que acredite poder? Como piden el turno ustedes con la nueva moratoria, lo pedi bien?.- Ya que estaba pregunte en Anses Flores, si el Socieconomico lo podía firmar como apoderada o debía estar firmada por el titular, me dijeron que lo firma el titular con firma certificada.- Por favor, si alguien la tiene un poco mas clara que yo, me podría ayudar con esto.- Desde ya, muchas gracias.-
 #1081830  por Sofia2010
 
Gracias por tu respuesta!! Iniciaste sin problemas entonces.- En donde? Porque viste que cada Udai tiene su librito.....Entonces voy bien.- Ya tengo todo los formularios certificados, por las dudas voy a mandar a mi clienta a certificar el socieconomico, y voy solita.- Nuevamente muchas gracias.-
 #1092673  por fernandez rocio
 
buen dia foristas, una pregunta tengo un poder registrado del 6 de enero de 2015, y tengo el turno el 13de abril de 2015 nueva ley, tendre que renovar el poder? nuevamente?
gracias
 #1092692  por Emma2011
 
fernandez rocio escribió:buen dia foristas, una pregunta tengo un poder registrado del 6 de enero de 2015, y tengo el turno el 13de abril de 2015 nueva ley, tendre que renovar el poder? nuevamente?
gracias
Para tramitar 120 dias desde la fecha de certificacion.
 #1092719  por GABRILITAIURIS
 
Buenas tardes, se siguen contando a partir de la fecha de asignación del turno? es decir, a la fecha tendría un turno vencido, no así si considero la fecha que saque el turno, que si tenia poder. Gracias
 #1092767  por mirtabeatrizb
 
tengo un poder q registre el 25/11/14 y el turno p jubilacion lo pedi el 3/3/15 y me dieron para el 7/4, el poder estaba vigente a la fecha de pedido del turno es asi?? o tngo q volver a rgistrarlo ? alguien sabe gracias!
 #1092917  por drafrias
 
fernandez rocio escribió:Perdón chicos los días son corridos o hábiles?
Son 120 días corridos; pero tengo la misma duda que el resto. Tengo un poder de fecha 09/12/2014 y tengo el turno para el inicio 24/04/2015. O sea, mas de 120 días dps.
Alguien que le haya pasado???
 #1094580  por draflopy36
 
Hola! tengo mi primer registro de poder y quería saber si tengo que ir sola o acompañada de mi cliente? si la certificación de firma es en la policía o tiene que ser ante escribano o tiene que ir el cliente a certificar la firma en anses? y que otros requisitos debo llevar?