Buenos días foro..... tengo dos trámites de jubilación con gran cantidad de años de la construcción, son de larga data en los cuales los veo a la fecha, los mismos están en estado 47.
47 - Por favor, preséntese en la UDAI donde se encuentra su expediente para agregar la documentación relativa al cese, la tutela o la curatela según corresponda.
Dicho cese se lo debe pedir mi cliente a su empleador, lo presento y ya el trámite finaliza. Consulto esto ya que no quiero que se pida un Cese y luego ANSES me salga con que no se jubila por algún motivo????
Gracias a quien pueda responder mi consulta.....
47 - Por favor, preséntese en la UDAI donde se encuentra su expediente para agregar la documentación relativa al cese, la tutela o la curatela según corresponda.
Dicho cese se lo debe pedir mi cliente a su empleador, lo presento y ya el trámite finaliza. Consulto esto ya que no quiero que se pida un Cese y luego ANSES me salga con que no se jubila por algún motivo????
Gracias a quien pueda responder mi consulta.....