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 #1094379  por Paulyta
 
Hola, como estan? les consulto por un caso que me llegó para ver si les parece correcta mi conclusión, desde ya les agradezco sus opiniones!
Me consulta un hombre al que le vendieron mediante cesión de derechos un terreno. Los cedentes son los herederos declarados de quien habia adquirido el terreno de el titular registral mediante un Boleto de CV sin certificar, ni timbrar... Resulta que mi cliente hace unos años consultó con otro abogado quien le recomendó hacer un plano de mensura para usucapión, ya que el titular de dominio se encontraba fallecido y no era posible hallar a los herederos a los fines de inscribir la cesión.
Actualmente llega al estudio con ese plano, aunque jamas se ha iniciado el juicio de usucapión, y al checkear los datos, etc me encuentro con que recientemente se inició la sucesión del titular registral del terreno y ya tiene D.H.

La idea sería hablar con el letrado que la lleva y presentarme alli y solicitar la inscripción,
Mi duda es si puedo saltearme la inscripción de la cesión, y hacerlo como si fuera un tracto abreviado de los herederos del titular hacia mi cliente, o si el hecho de que exista un plano de usucapion sobre ese mismo terreno y a nombre de mi cliente me perjudica???
Queda constancia en algun lado de la existencia de esos planos cuando no se inicia la usucapión????

Millones de Gracias por leerme!!!!
 #1094458  por CHAPU
 
Me cuesta comprender porque dices: Los cedentes son los herederos declarados de quien habia adquirido el terreno de el titular registral mediante un Boleto de CV sin certificar, ni timbrar.
En tiempo del Boleto no eran herederos declarados... Ademas, el Plano de mesura no incide en nada porque es un acto preparatorio y no se sabia de la sucesion. Tienes que ver el Expediente y hablar con el abogado de la otra parte para buscar una salida
 #1094608  por Paulyta
 
Gracias!!! Quizas me exprese mal...El titular dominial vendió mediante Boleto de CV sin certificar firma, ni timbrar a un Sr. XXXX.- Este Sr. xxx no escrituró y pasados los años al igual que el titular de dominio también falleció.- Los hijos del adquirente fallecido (declarados herederos por D.H correspondiente) cedieron los derechos sobre el boleto y la libreta de pagos mediante una cesión de derechos hecha en escritura pública.
La sucesión que ahora he descubierto que se abrió es la del titular dominial del terreno, se entiende mejor ahora?
 #1094685  por legalescom
 
Si bien los hijos del primer comprador, cedieron por escritura pública, ella no suple la carencia de escritura en la compraventa por parte de su padre. Por lo tanto, será necesario, que los herederos del titular de dominio, ratifiquen la venta primitiva, para poderse escriturar al bien a nombre de tu cliente.