Hola a todos. Hay cosas que no puedo encontrar en los libros, por eso es bueno poder consultar a alguien que tal vez esté más experimentado. Mi consulta es acerca de una sucesión en la que hace 12 años los 3 hermanos herederos hicieron un acuerdo privado de partición y la abogada actuante en ese momento fijó que sus honorarios por la partición iba a ser del 3% de la valuación fiscal de los bienes. La cosa que la sucesión estuvo parada casi 8 años y yo la retomé para poder continuarla. El problema está en que ahora los bienes se revaluaron y la valuación fiscal se fue al demonio y por ende ese 3% es una cifra muy alta. Yo no niego el derecho de la profesional a cobrar sus honorarios y mi cliente tampoco, lo que pasa es que LA ABOGADA ahora se presentó en el expediente a reclamar sus honorarios y debe dar traslado para que ratifiquen o no la DJ bajo apercibimiento de considerarla aprobada si no se dice nada.
Lo que me interesa es CÓMO PUEDO IR GANANDO TIEMPO PARA PODER LLEGAR A LA SUMA QUE FINALMENTE SERÁN LOS HONORARIOS!, ¿hay alguna observación que se pueda presentar hasta que mi cliente esté en condiciones de pagar y no tenga que iniciar la ejecución de honorarios? Hay otros detalles que no creo vengan al caso como que mi cliente terminó de muy mala manera con su abogada anterior y ese dejar pasar tiempo en proseguir la sucesión les jugó en contra ya que dejaron todo en manos de ella y la sucesión no se pudo terminar.
La escritura de los bienes NO HAN SIDO AUN PRESENTADAS EN EL EXPEDIENTE.
Muchas gracias!!
Lo que me interesa es CÓMO PUEDO IR GANANDO TIEMPO PARA PODER LLEGAR A LA SUMA QUE FINALMENTE SERÁN LOS HONORARIOS!, ¿hay alguna observación que se pueda presentar hasta que mi cliente esté en condiciones de pagar y no tenga que iniciar la ejecución de honorarios? Hay otros detalles que no creo vengan al caso como que mi cliente terminó de muy mala manera con su abogada anterior y ese dejar pasar tiempo en proseguir la sucesión les jugó en contra ya que dejaron todo en manos de ella y la sucesión no se pudo terminar.
La escritura de los bienes NO HAN SIDO AUN PRESENTADAS EN EL EXPEDIENTE.
Muchas gracias!!
