Estimados colegas consulto algunas dudas que me surgen, con la entrada en vigencia del nuevo cod. Civ. y Com. para el 1/8/15. Estoy trabajando para iniciar un daños y perj. y no tengo claro, creo que debería aplicar el cod.vigente, pero veo que hay fallos aplicando el nuevo y me surge la duda, me gustaría saber si alguien tiene algun comentario esclarecedor al respecto. Gracias