periquita escribió:De acuerdo que todo depende, todo es relativo hasta tener toda la documentación en la mano. Pero, opinando como hacemos en el Foro, con cierta generalidad, si el señor es mozo en los 10 últimos años se puede presuponer que el promedio actualizado es similar en los 10 y en los 5 últimos años.
¿Por qué decís que se disminuye con el RTI? ... no entiendo
Con el RTI cobrará el 70 por ciento del promedio y con una PBU o Jubilación habrá que ver cuántos años de aportes tiene pero a ojo tendrán que ser más de 40 años para llegar a ese porcentaje.
Saludos
DISMINUYE , POR ALGO LOS QUE TIENEN EN LA ACTUALIDAD RTI, CUANDO CUMPLE LOS 60/65, QUIEREN CONVERTIRLA EN ORDINARIA
HAY QUE HILAR MUY FINO Y SIN DATOS ES MUY DIFICIL, PERO ALGO VOY A DECIR
Sobre el promedio de los últimos 60 meses se calcula la prestación aplicando el porcentaje en virtud de la calidad de aportante. Para ello el porcentaje a aplicar es aportante regular 70% e irregular con derecho 50%.
CREO QUE EN ESTE CASO PUEDE IR EL 50% y LA PENSION SOBRE UNA RTI , TAMBIEN VAN LOS MISMOS PORCENTAJES SOBRE EL 100% D E LA RTI O ESTOY EQUIVOCADO
Estos porcentajes se aplican de la siguiente forma:
1. Sobre el haber que se encontraba cobrando el beneficiario fallecido, si quien fallece es un beneficiario de jubilación o de Retiro Definitivo por Invalidez.
2. Sobre la prestación de referencia, si quien fallece es un afiliado en actividad o el beneficiario de un Retiro Transitorio por Invalidez.