Tiburcio escribió:No es necesario pedir el cese. Opera de pleno derecho, por lo que puede dejar de pagar en forma inmediata.
Si el problema es algún descuento automático o retención, hay que pedir al juez que lo ordenó y en el mismo expediente que disponga dejarlo sin efecto.
hola, quisera consultarte si sos tan amable, el alimentante es mi hermano, el hijo cumplio 21 años y no estudia, desde hace años le retienen directamente del salario el porcentaje de la cuota alimentaria acordada en audiencia en el juzgado, la retención se ordeno en un incidente de ejecución de cuota alimentaria.
pregunta
debo iniciar un incidente de cese de cuota alimentaria o simplemente presento un escrito en el principal manifestando la mayoria de edad del menor?
por lo que pude leer el art. 550 cpcn dice que debo hacerlo por incidente separado... pero quiza la práctica es distinta
en tal caso debo iniciar una mediación previa obligatoria.
el tema es que no se donde notificar a la contraria ya que el abogado renuncio en su momento y no vive donde vivia en aquellos enotnces, el alimentante no sabe donde vive, quisa subsista el real denunciado en el expediente por la madre del menor.
bueno desde ya graicas por la ayuda