Hola Colegas. Una consulta: mi clienta fue despedida por una relacion en negro. Reclama mediante telegrama que aclaren su situación laboral, pero el abogado que envio los primero telegramas identifico por error una direccion con el num 497 cuando en realidad es 4973. La parte empleadora aduce que existe mala intencion de la parte contraria de aducir un telegrama distinto. Dos consultas:
1) Como puedo enmendar el tema de la dirección?
2) Alega que no es viable la aplicacion del art 57 de la LCT pero lineas posteriores niega existencia de relacion laboral. No es contradictorio ello???
Desde ya muchas gracias!
1) Como puedo enmendar el tema de la dirección?
2) Alega que no es viable la aplicacion del art 57 de la LCT pero lineas posteriores niega existencia de relacion laboral. No es contradictorio ello???
Desde ya muchas gracias!